CÓDIGO TRIBUTARIO
ARTICULO 104: Cumplimiento.
Determinada la obligación tributaria, el contribuyente o responsable, deberá cumplirla sin necesidad de requerimiento por parte de la Administración.
El contribuyente o responsable podrá, bajo su absoluta responsabilidad, presentar formularios electrónicos o por cualquier otro medio establecido en este código, para lo cual podrá contratar los servicios de un Contador Público y Auditor o un Perito Contador. La Administración Tributaria, establecerá los procedimientos y condiciones para que el contribuyente o responsable autorice al Contador Público y Auditor o al Perito Contador.
Análisis del Artículo 104
El Artículo 104 del Código Tributario (Decreto 6-91) consagra uno de los pilares fundamentales del sistema fiscal guatemalteco: el principio de autodeterminación y el cumplimiento voluntario. Al emplear la frase imperativa “deberá cumplirla sin necesidad de requerimiento”, el legislador establece que la obligación de pago y declaración nace por la simple realización del hecho generador, sin esperar a que la Superintendencia de Administración Tributaria (la SAT) emita un cobro formal. Esta acción verbal traslada la carga operativa y la iniciativa del pago directamente al sujeto pasivo.
Al desglosar el texto, la expresión “bajo su absoluta responsabilidad” reviste una importancia jurídica medular. Aunque el artículo habilita expresamente la opción de “contratar los servicios de un Contador Público y Auditor o un Perito Contador”, la responsabilidad ante la SAT por los datos consignados en los “formularios electrónicos” recae exclusivamente sobre el contribuyente o responsable tributario. Esto significa que la delegación operativa de llenar y enviar declaraciones no implica, bajo ninguna circunstancia, una transferencia de la responsabilidad legal o pecuniaria frente al fisco; rige el principio de primacía de la realidad frente a la obligación tributaria principal.
En cuanto a las facultades y medios estipulados, el artículo reconoce tres elementos clave que operan de manera complementaria:
- Medios de presentación (Excluyentes entre lo análogo y lo digital): Habilita expresamente los “formularios electrónicos”, dándole validez jurídica indiscutible a las herramientas digitales (como Declaraguate o la Agencia Virtual) por encima de los métodos tradicionales, según la evolución del código.
- Asistencia profesional (Optativa): Permite la contratación de profesionales contables (Auditores o Peritos) para la ejecución técnica de estas obligaciones, reconociendo la complejidad del sistema tributario.
- Regulación delegada (Concurrente): Otorga mandato a la SAT para establecer los procedimientos mediante los cuales el contribuyente autoriza formalmente a su contador, garantizando la trazabilidad y la seguridad informática de las operaciones.
Lo que NO dice el artículo: Esta disposición no exime al contador de su responsabilidad profesional, penal o ética (la cual está regulada en otras normativas específicas), pero aclara de forma tajante que frente al fisco, por el pago de impuestos, multas o recargos, el titular inexcusable de la obligación es el contribuyente. Asimismo, no detalla los manuales técnicos para el uso de plataformas electrónicas, ya que delega esa facultad administrativa y procedimental directamente a la SAT.
Disclaimer: La interpretación de este artículo es meramente informativa y no constituye asesoría fiscal. Para consultas específicas, contacte a los profesionales de Vesco Consultores.
Asesoría Fiscal Especializada – Vesco Consultores
¿Necesita claridad absoluta sobre sus obligaciones tributarias en Guatemala? En Vesco Consultores, firma miembro de XLNC, combinamos experiencia local con estándares internacionales de excelencia.
Como parte de una red global de firmas de auditoría, consultoría y asesoría legal, servimos a clientes en todos los continentes con el respaldo de profesionales líderes en servicios corporativos y tributarios.
Nuestros servicios especializados en materia tributaria:
- ✅ Capacitaciones Tributarias – Mantenga a su equipo actualizado
- ✅ Planificación Fiscal – Optimice legalmente su carga tributaria
- ✅ Precios de Transferencia – Cumplimiento internacional
- ✅ Asesoría Fiscal – Soluciones personalizadas
Solicite su consulta inicial sin costo: [email protected] | +502 2215-7575
Vesco Consultores: Experiencia global, conocimiento local.
