La DUCA se llena conforme al instructivo oficial del Anexo II de la Resolución 409-2018 (COMIECO-LXXXV): 62 campos en el anverso, agrupables en 10 bloques, más un reverso de uso exclusivo de la Autoridad Aduanera. La regla básica: la DUCA impresa se presenta sin ningún tipo de alteración; las correcciones se hacen en el sistema.
📌 En resumen
| Dato clave | Detalle |
|---|---|
| Instructivo oficial | Anexo II de la Resolución 409-2018 (COMIECO-LXXXV) |
| Estructura | 62 campos en el anverso y un reverso de uso exclusivo de la Autoridad Aduanera |
| Regla de oro | La DUCA impresa se presenta sin ningún tipo de alteración; si falta espacio, hojas de ampliación |
| Casilla crítica de valor | Campo 29, valor en aduana total: base para el cálculo de los impuestos |
| Casilla que sorprende | Campo 56 “Válida hasta”: 30 días hábiles de vigencia cuando la DUCA hace las veces del FAUCA |
¿Cuál es la regla de oro antes de llenar cualquier casilla?
El instructivo lo dice antes de describir el primer campo: cuando se imprima la DUCA, se deberá presentar sin ningún tipo de alteración. Nada de tachones, correcciones a mano ni enmiendas. Si algo está mal, se corrige en el sistema, no en el papel. Y si el espacio no alcanza, la solución oficial existe: hojas de ampliación de información.
Recuerde el contexto: la DUCA integra las funciones del antiguo FAUCA, la Declaración de Mercancías y la DUT, y se imprime como DUCA-D, DUCA-F o DUCA-T según la operación. Si aún no tiene claro cuál formato le corresponde, primero lea DUCA-D, DUCA-F y DUCA-T: cuál usar.
¿Cómo se identifican la declaración y las partes? (campos 1 a 6)
Los campos 1 a 3 identifican la declaración y los campos 4 a 6 identifican a los tres actores de la operación. Para cada parte se consigna identificación tributaria, tipo y país del documento, nombre o razón social y domicilio fiscal, y los datos deben coincidir con los registros tributarios de cada país.
Bloque 1 — Identificación de la declaración (campos 1 a 3)
- Campo 1. Correlativo del declarante: el número de referencia que usted o su representante asignan a la declaración transmitida.
- Campo 2. Número de registro: el correlativo que asigna el sistema informático del Servicio Aduanero.
- Campo 3. Fecha de aceptación: la fecha en que el sistema valida y registra la declaración. De la aceptación corren plazos y se fija la normativa aplicable.
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Bloque 2 — Las partes (campos 4 a 6)
- Campo 4. Exportador/proveedor.
- Campo 5. Importador/destinatario.
- Campo 6. Declarante/auxiliar: con el código que el Servicio Aduanero asignó al auxiliar de la función pública aduanera.
Un NIT mal digitado en este bloque es de los errores más comunes.
¿Qué aduanas, regímenes y países se declaran? (campos 7 a 18)
Los campos 7 a 10 trazan la ruta aduanera y los campos 11 a 18 definen el régimen, la modalidad y los países de la operación. La DUCA identifica cuatro aduanas: la de registro (donde se registra la declaración o inicia el tránsito), la de salida del país exportador, la de ingreso al país importador y la de destino (donde se nacionaliza la mercancía o finaliza el tránsito).
En el bloque de régimen y países:
- Campo 11. Régimen aduanero y campo 12. Modalidad (courier, postal, encomiendas, equipaje).
- Campo 13. Clase de declaración: simplificada, acumulada, provisional o complementaria.
- Campo 14. Fecha de vencimiento del régimen: crítico en regímenes con plazo, como la importación temporal.
- Campos 15-17. País de procedencia, de exportación y de destino.
- Campo 18. Depósito aduanero/zona franca: el código del depósito, almacén, zona franca o empresa de perfeccionamiento activo al que se destinan las mercancías, cuando proceda.
¿Qué datos de transporte exige la DUCA? (campos 19 a 24)
Este bloque contiene la información logística, esencial en la DUCA-T: código y nombre del transportista (19), modo de transporte (20), lugares de embarque y desembarque (21-22) y datos del conductor —documento, licencia, país de expedición y nombre— (23). El campo 24 describe el medio de transporte.
El campo 24 incluye: matrícula, país de registro, marca, número de chasis o VIN, remolques, cantidad de unidades de carga, números de los dispositivos de seguridad (precintos o marchamos), tipo y tamaño de equipamiento, tipo de carga y números de contenedor.
¿Cómo se declaran los valores que definen sus impuestos? (campos 25 a 34)
Los campos 25 a 33 conforman la sección económica del documento y el campo 34 liquida los tributos. El campo 29, valor en aduana total, es la suma del valor de transacción, transporte, seguro y otros gastos, y es la base para el cálculo de los impuestos.
| Campo | Contenido |
|---|---|
| 25. Valor de transacción | El precio realmente pagado o por pagar |
| 26. Gastos de transporte | Desde el embarque hasta el puerto o lugar de importación |
| 27. Gastos de seguro | Desde el embarque hasta el puerto o lugar de importación |
| 28. Otros gastos | Costos a cargo del importador no incluidos en el precio |
| 29. Valor en aduana total | Suma de todo lo anterior: base del cálculo de impuestos |
| 30. Incoterm | El término de negociación pactado |
| 31. Tasa de cambio | Entre el peso centroamericano y la moneda del país de importación, a la fecha de aceptación |
| 32-33. Pesos bruto y neto | Totales, en kilogramos |
Bloque de liquidación general (campo 34): por cada tributo se consigna el tipo (34.1), el total por tributo (34.2), la modalidad de pago (34.3) y el total general (34.4), que es la suma de todos los montos calculados.
¿Cómo se llena el detalle por línea de mercancía? (campos 35 a 53)
La DUCA se llena “por líneas”: cada mercancía distinta tiene su propia línea con bultos, pesos, clasificación, origen y valores propios. Este bloque concentra los datos que determinan el arancel aplicable a cada producto.
- Bultos: cantidad (35) y clase de empaque (36).
- Pesos por línea: neto sin empaques (37) y bruto con embalajes (38).
- Cuota/contingente (39) cuando la mercancía se acoge a uno, y número de línea (40).
- Campo 41. País de origen: donde la mercancía fue fabricada, producida, ensamblada, cultivada o extraída. No lo confunda con el país de procedencia del campo 15.
- Unidad de medida (42) y cantidad (43).
- Campo 44. Acuerdo: el código del tratado comercial que da a la mercancía un DAI preferencial. Este campo trabaja en pareja con el certificado de origen, cuyas reglas y vigencias explicamos en certificado de origen y TAP.
- Campo 45. Clasificación arancelaria: el inciso según el SAC y códigos nacionales adicionales. Si tiene dudas del inciso correcto, existe la resolución anticipada vinculante que explicamos en clasificación arancelaria en Guatemala.
- Campo 46. Descripción de las mercancías: clara, comercial, suficiente para identificar y clasificar.
- Campo 47. Origen: el criterio para certificar origen (47.1) según el Reglamento Centroamericano sobre el Origen de las Mercancías, y las reglas accesorias utilizadas (47.2); si no usó ninguna, se indica “NO”.
- Valores por línea (48-52): valor de transacción conforme al Artículo VII del GATT, transporte, seguro, otros gastos y valor en aduana de la línea, que es la base imponible del DAI.
- Campo 53. Liquidación por línea: tipo de tributo, alícuota (el porcentaje aplicado), total, modalidad de pago y total general por línea.
¿Cómo se registran los documentos de soporte? (campo 54)
Por cada documento que ampara las mercancías (facturas, documento de transporte, certificados, permisos) se consigna: código del tipo (54.1), número (54.2), fechas de emisión y vencimiento (54.3-54.4), país de emisión (54.5), la línea o líneas a las que aplica —con formatos como “3-5” o “1, 6, 8″— (54.6), la autoridad o entidad emisora (54.7) y el monto cuando aplique (54.8).
¿Qué contienen las casillas finales 55 a 62?
Los campos 55 a 62 cierran el documento con observaciones, vigencia, firmas y la declaración y certificación de origen. Aquí están dos casillas que sorprenden incluso a operadores con experiencia: la 56, que da vigencia al documento, y el par 61-62, que se llena según quién sea usted.
- Campo 55. Observaciones generales: cualquier eventualidad que el declarante considere necesario informar; también aquí se hace constar la exportación dentro de contingentes arancelarios del Protocolo de Panamá.
- Campo 56. “Válida hasta”: cuando la DUCA hace las veces del antiguo FAUCA (comercio intrarregional), tiene validez de 30 días hábiles a partir de su emisión, únicamente en el país de exportación. La DUCA-F vence.
- Campos 57-58. Firmas y sellos oficiales: del funcionario de aduanas que autoriza y, cuando corresponda, del Banco Central o la Ventanilla Única del país exportador.
- Campo 59. Código de exportador.
- Campo 60. Firma del declarante: del operador de comercio o auxiliar, conforme a la legislación regional.
- Campos 61-62. Declaración y certificación de origen: el productor declara el origen (61) y el exportador lo certifica (62), cada uno con firma, nombre, empresa y cargo. Detalle fino: si el productor es el mismo exportador, solo se llena una de las dos casillas.
¿Quién llena el reverso de la DUCA?
El reverso es de uso exclusivo de la Autoridad Aduanera y documenta la vida del tránsito: aduana de partida y su código, país, dispositivos de seguridad, ruta a seguir, fecha y hora de inicio del tránsito, plazo en horas, firmas de funcionarios, aduanas de paso, nuevos dispositivos de seguridad colocados en el camino y aduana de destino. Usted no lo llena, pero conviene leerlo: ahí constan la ruta y el plazo que su transportista está obligado a cumplir.
¿Y cómo saber qué campos son obligatorios y cuáles optativos? El propio instructivo lo indica: el Comité Aduanero lo define en el manual del usuario de la DUCA, según el tipo de operación. El mapa completo del sistema aduanero está en nuestra guía completa de aduanas en Guatemala.
Ejemplos prácticos
Caso 1 — Exportador guatemalteco con DUCA-F y la casilla 56. Una empresa emite su DUCA-F para comercio intrarregional. Como el documento hace las veces del antiguo FAUCA, la casilla 56 “Válida hasta” le fija una vigencia de 30 días hábiles a partir de su emisión, aplicable únicamente en el país de exportación. Si el embarque se atrasa más allá de ese plazo, el documento vence. Además, como la empresa es productora y exportadora a la vez, no llena las casillas 61 y 62 por separado: basta con una de las dos.
Caso 2 — Importación con documentos de soporte multilinea. Un importador declara ocho líneas de mercancía y presenta una factura que ampara solo las líneas 3 a 5 y un permiso que aplica a las líneas 1, 6 y 8. En el campo 54.6 consigna exactamente esos alcances con los formatos que prevé el instructivo: “3-5” y “1, 6, 8”. Por cada documento registra también código del tipo, número, fechas de emisión y vencimiento, país de emisión, entidad emisora y monto cuando aplique.
Caso 3 — Error de imprenta detectado tras la impresión. Un declarante nota un dato equivocado en la DUCA ya impresa. No puede tacharlo ni corregirlo a mano: el instructivo exige presentarla sin ningún tipo de alteración. La corrección se hace en el sistema. Y si al llenar la declaración el espacio de una sección no alcanza, la vía oficial son las hojas de ampliación de información.
Actualizado a julio 2026, conforme a la legislación guatemalteca vigente.
Por Jeovany Villanueva, Tax Partner, Asesor fiscal en Vesco Consultores
Preguntas Frecuentes
En el Anexo II de la Resolución 409-2018 (COMIECO-LXXXV), que describe campo por campo la Declaración Única Centroamericana: los 62 campos del anverso y el reverso de uso exclusivo de la Autoridad Aduanera. Es la fuente normativa que gobierna el llenado de la DUCA-D, la DUCA-F y la DUCA-T.
No. El instructivo establece que, cuando se imprima, la DUCA debe presentarse sin ningún tipo de alteración: sin tachones, correcciones a mano ni enmiendas. Si un dato está mal, la corrección se hace en el sistema informático, no sobre el papel impreso que se presenta ante la aduana.
El instructivo prevé la solución oficial: usar hojas de ampliación de información. Es el mecanismo correcto cuando los datos de una sección exceden el espacio disponible en el formulario, en lugar de comprimir, omitir o alterar la información declarada en las casillas del documento.
Es la suma del valor de transacción (campo 25), los gastos de transporte (26), los gastos de seguro (27) y otros gastos a cargo del importador (28). Constituye la base para el cálculo de los impuestos de la operación, por lo que es el campo con mayor impacto económico de la DUCA.
La procedencia (campo 15) es de donde se despachó la mercancía hacia el país de importación. El origen (campo 41) es donde la mercancía fue fabricada, producida, ensamblada, cultivada o extraída. Confundirlos es un error frecuente con efectos en aranceles y preferencias.
Para consignar el código del tratado comercial que otorga a la mercancía un DAI preferencial derivado de la negociación correspondiente. Trabaja en pareja con el certificado de origen: sin el certificado válido del tratado invocado, la preferencia arancelaria declarada en ese campo no queda amparada.
Sí, en el comercio intrarregional. Cuando la DUCA hace las veces del antiguo FAUCA, la casilla 56 “Válida hasta” le da una validez de 30 días hábiles a partir de su emisión, aplicable únicamente en el país de exportación. Fuera de ese supuesto, esa casilla no fija vigencia.
El productor declara el origen en la casilla 61 y el exportador lo certifica en la 62, cada uno con firma, nombre, empresa y cargo. Si el productor y el exportador son la misma persona, no es necesario llenar ambas casillas: basta con una de las dos.
Es de uso exclusivo de la Autoridad Aduanera. Documenta la aduana de partida y su código, país, dispositivos de seguridad, ruta a seguir, fecha y hora de inicio del tránsito, plazo en horas, firmas de funcionarios, aduanas de paso, nuevos dispositivos colocados en el camino y aduana de destino.
El propio instructivo lo remite al Comité Aduanero, que lo define en el manual del usuario de la DUCA según el tipo de operación que se realice. Por eso el mismo formulario puede exigir campos distintos en una importación definitiva, un tránsito terrestre o una exportación intrarregional.
Es la fecha en que el sistema informático del Servicio Aduanero valida y registra la declaración. Importa más de lo que parece: a partir de la aceptación corren los plazos y se fija la normativa aplicable a la operación, además de la tasa de cambio del campo 31.
El criterio para certificar el origen de la mercancía (47.1), conforme al Reglamento Centroamericano sobre el Origen de las Mercancías, y las reglas accesorias utilizadas (47.2). Si no se utilizó ninguna regla accesoria, el instructivo indica consignar “NO” en esa subcasilla.
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