ARTICULO 21 A: Derechos de los contribuyentes. Constituyen derechos de los contribuyentes, pudiendo actuar por sí mismos, por medio de apoderado legal o tercero autorizado, entre otros que establezcan las leyes, los siguientes:
- Ser tratado con imparcialidad y ética por el personal al servicio de la Superintendencia de Administración Tributaria.
- Garantizar el carácter reservado de los datos personales, informes, antecedentes tributarios u otros obtenidos por la administración tributaria, en los términos previstos en la ley.
- Ser informado y asistido por la Superintendencia de Administración Tributaria en el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
- Formular consultas y a obtener respuesta correspondiente.
- Realizar todas las peticiones y cuestiones que se formulen en los procedimientos de aplicación de los tributos.
- Obtener a su costa copia de:
a) Los documentos que conforman los expedientes administrativos;
b) Las declaraciones o informes que haya presentado a la Administración Tributaria; y,
c) Otras actuaciones realizadas en la Administración Tributaria en los términos previstos en la ley, excepto las derivadas de investigaciones tributarias que no se hayan concluido.
- No proporcionar a la Administración Tributaria los documentos de identificación personal y los utilizados para el registro, inscripción o actualización, ya presentados y que se encuentren en poder de la Administración Tributaria.
- Repetición y devolución de los pagos en exceso, en la forma, procedimiento y plazo que establece la ley.
- Se aplique la prescripción de la acción de la Administración Tributaria para determinar obligaciones, imponer sanciones y exigir el pago de la deuda tributaria en los casos previstos en el presente Código.
- Conocer el estado de las actuaciones administrativas y de la tramitación de los procedimientos en que sea parte. Sobre este particular, la Administración Tributaria deberá poner a disposición de los contribuyentes en el portal de Internet de la Institución, un vínculo que muestre la etapa en la que se encuentra el proceso.
- Se identifique el personal de la Administración Tributaria, bajo cuya responsabilidad se tramitan los procedimientos en que sea parte.
- Ser informado al inicio de las actuaciones de control o fiscalización, sobre la naturaleza y alcance de las mismas, así como de sus derechos y obligaciones en el curso de tales actuaciones y a que las mismas se desarrollen en los plazos de ley.
- Rectificar declaraciones de acuerdo con lo dispuesto en este Código.
- Impugnar las resoluciones de la Superintendencia de Administración Tributaria en los términos previstos por la ley. Los medios para presentar impugnaciones de preferencia serán electrónicos.
- Al debido proceso, audiencia y de defensa.
- A presentar alegatos y pruebas, dentro de los plazos establecidos por la Administración Tributaria y de conformidad a la ley. Los medios para presentar alegatos y pruebas de preferencia serán electrónicos.
- Toda solicitud de información que haga la SAT a los contribuyentes o a terceros, con fines de fiscalización, deberá hacerla en el requerimiento de información que origina el proceso administrativo. Las ampliaciones posteriores a dicha solicitud, deberán guardar relación con el mismo proceso.
Asesoría Fiscal Especializada – Vesco Consultores
¿Necesita claridad absoluta sobre sus obligaciones y derechos ante la SAT y el Código Tributario en Guatemala? En Vesco Consultores, firma miembro de XLNC, combinamos experiencia local con estándares internacionales de excelencia.
Como parte de una red global de firmas de auditoría, consultoría y asesoría legal, servimos a clientes en todos los continentes con el respaldo de profesionales líderes en servicios corporativos y tributarios.
Nuestros servicios especializados en materia tributaria:
- ✅ Capacitaciones Tributarias – Mantenga a su equipo actualizado
- ✅ Planificación Fiscal – Optimice legalmente su carga tributaria
- ✅ Precios de Transferencia – Cumplimiento internacional
- ✅ Asesoría Fiscal – Soluciones personalizadas
Solicite su consulta inicial sin costo: [email protected] | +502 2215-7575
Vesco Consultores: Experiencia global, conocimiento local.
