Artículo 17: Sujeto Activo
ARTICULO 17: Sujeto activo. Sujeto activo de la obligación tributaria es el Estado o el ente público acreedor del tributo. Análisis del Artículo 17 El Artículo 17 del Código Tributario guatemalteco establece el fundamento subjetivo del lado acreedor en la relación jurídico-tributaria. Al utilizar el verbo rector “es”, el legislador define de forma categórica, irrenunciable … Read more
