Obligatoriamente, te inscribiste a SAT por algún proyecto donde debías facturar a algún cliente. Un año después ya no emites facturas porque el proyecto terminó o simplemente te dedicas a otra cosa. En ese intervalo de tiempo no le pones atención a tu declaración de impuestos o tu contador también se desentiende y no presenta declaraciones. Es importante indicar que, aunque tus ventas sean 0.00 siempre debes presentar tus declaraciones de impuestos informando el movimiento que has tenido. Si no lo haces te aparecerán omisos o declaraciones pendientes de presentar ante SAT y te das cuenta hasta que tienes que realizar alguna gestión con tu NIT.
Si usted no tiene un contador para su negocio, es probable que usted presente las declaraciones de impuestos e inconscientemente cometa errores, entonces comprenderás que eres responsable de los daños que resulten de tales errores. Sin embargo, es importante tener en cuenta que incluso si un error es claramente en el mejor interés del cliente, puede ser difícil para el cliente rectificarlo por su cuenta. Muchas veces se hace necesario contratar un equipo de contadores para que lo apoye.
Debido a que los errores tributarios a menudo son materiales, los contribuyentes dudan en hacer correcciones, incluso si el error es solo un par de quetzales o dólares. Se necesita tiempo y dinero para enmendar una declaración de impuestos, especialmente si el error fue cometido por un contador que ya no trabaja para usted.
Un problema que puede surgir en los contadores de impuestos independientes es el problema de no informar un error al cliente. Usted debe tener la confianza que, si una declaración se presenta mal, su contador debe informarle para tomar el mejor camino.
En el caso que usted presentó las declaraciones, es importante que informe a un asesor de impuestos sobre algún error en la elaboración de una declaración y así recibir la asesoría adecuada.
Después de la asesoría se debe decidir los pasos a seguir para subsanar el error y así evitar más multas ante SAT.
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Un Error también es tener Omisos de Impuestos ante SAT
Tener omisos o declaraciones pendientes de presentar también es un error. Acá te diremos los pasos a seguir, si requiere más asesoría no dude en consultar a Vesco Consultores.
PASO 1:
Primeramente, debes saber cuál es el status de TU NIT. Para ello debes consultar la pagina de SAT en su sección de Verificador Integrado. Click acá. Le aparecerá las obligaciones formales pendientes de cumplir

PASO 2:
Ya teniendo la información de los impuestos no presentados e incidencias, el siguiente paso es presentar las declaraciones y pagar la multa correspondiente. Cada declaración se debe realizar desde el portal de Declaraguate.
Según el ejemplo mostrado vemos que éste contribuyente tiene 4 declaraciones pendientes de pagar. En la última columna se muestra el No. De Formulario Omitido. Los primeros 3 números de ése código los debe buscar en el formulario Declaraguate para su presentación.

PASO 3:
Para realizar el pago de los formularios haremos un ejemplo queremos presentar el formulario de IVA GRL SAT-223 del mes de enero 2018. Nos dirigimos a Declaraguate.sat.gob.gt y buscamos el formulario para llenarlo.

Las multas no tienen facilidades de Pago.
PASO 4:
Realizar el pago del formulario en su agencia virtual del BANCO o de forma tradicional en una agencia bancaria

POR ÚLTIMO:
Si usted tiene omisos en declaraciones de impuestos por más de 4 años y no ha emitido facturas, puede optar a no pagar las multas y limpiar su NIT. Para ello consulté a Vesco Consultores para el apoyo en la gestión.
Sus impuestos y contabilidad no deben ser un problema.
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¿Tienes omisos en SAT? Estas preguntas y respuestas te ayudarán
Tener omisos ante la SAT significa que no has presentado una o varias declaraciones de impuestos dentro del plazo establecido por la Superintendencia de Administración Tributaria. Esto aplica aunque no hayas tenido ingresos. Los omisos generan multas automáticas y pueden afectar tu historial tributario.
Sí. Si estás registrado en SAT y no desactivaste tu NIT o no solicitaste la suspensión temporal de tus obligaciones, seguirás teniendo la obligación de declarar, incluso si no emites facturas. La falta de declaración en estos casos también genera omisos.
Los omisos pueden impedir que realices trámites como actualizar tu NIT, obtener constancias electrónicas, participar en licitaciones o incluso renovar tu firma electrónica. Además, generan multas y recargos acumulativos.
Puedes verificar el estado de tu NIT ingresando al portal www.sat.gob.gt y utilizando el Verificador Integrado. Allí verás un listado de obligaciones pendientes, incluyendo formularios omitidos, fechas y tipos de impuestos.
Debes contactar a un nuevo contador o asesor fiscal de confianza y compartirle tu historial tributario. Aunque el error fue del contador anterior, tú como contribuyente eres el responsable legal ante la SAT. El nuevo contador puede ayudarte a rectificar y presentar los formularios omisos.
Los formularios más frecuentes que causan omisos son el SAT-2237 (IVA general), SAT-1251 (ISR trimestral o anual) y SAT-2046 (Pequeño contribuyente). El tipo de formulario depende del régimen tributario en el que estés inscrito.
La SAT no establece un período de gracia. Las multas por omisos se generan automáticamente al vencimiento del plazo legal. Por lo tanto, mientras más tiempo pase, mayores serán los intereses y recargos acumulados.
No. Actualmente la SAT no permite pagos en cuotas para multas derivadas de omisos. Todos los formularios y multas deben pagarse en su totalidad en el momento en que se presentan y generan el Boucher.
Si no has emitido facturas ni tenido actividad económica por más de 4 años, puedes optar por solicitar la inhabilitación de tu NIT y pedir la exoneración de multas, según ciertos criterios establecidos por la SAT. Este proceso debe hacerse con asesoría contable para no cometer errores.
Solo en algunos casos específicos, como cuando se demuestra que no hubo actividad comercial por varios años o si el contribuyente cumple con las condiciones para solicitar la cancelación de multas según la normativa vigente. Este trámite debe realizarse con el respaldo de documentación y asesoría profesional.
Sus impuestos ya no deben ser un problema, en Vesco Consultores hacemos todo por usted…
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