Impuestos de importación en Guatemala: cuánto pagará realmente su mercancía

Una importación definitiva a Guatemala paga, como regla general, dos tributos: el DAI (Derechos Arancelarios a la Importación), de 0% a 20% sobre el valor CIF según la partida arancelaria, y el IVA del 12%, calculado sobre la suma del valor CIF más el DAI. Ciertos productos pagan además impuestos específicos.

📌 En resumen

Dato claveDetalle
DAIDe 0% a 20% sobre el valor CIF, según la partida arancelaria
IVA de importación12% sobre la suma del valor CIF más el DAI
NomenclaturaSAC (Sistema Arancelario Centroamericano), basado en el Sistema Armonizado
Arancel vigenteACI Versión 6 (agosto de 2025), VII Enmienda del Sistema Armonizado (Resolución 450-2021 y modificaciones 486-2024, 487-2024 y 492-2024)
Dónde consultarArancel Integrado de la SAT, consulta del ACI en línea (SIECA) y AIC

Dos importadores traen el mismo producto, del mismo país, en el mismo barco. Uno paga miles de quetzales más que el otro. ¿La diferencia? Un código de ocho dígitos que uno declaró bien y el otro no. Los impuestos de importación en Guatemala no son un porcentaje fijo: dependen de la clasificación exacta de su producto, del valor que declare y de los tratados comerciales vigentes.

¿Qué impuestos se pagan por importar a Guatemala?

Como regla general, una importación definitiva paga dos tributos: el DAI y el IVA. Además, ciertos productos pagan impuestos específicos (por ejemplo, los vehículos tienen su propio tratamiento con tablas de valores y el IPRIMA), y hay productos con requisitos y permisos no arancelarios previos.

TributoTarifaBase de cálculo
DAI (Derechos Arancelarios a la Importación)0% a 20%, según la partida arancelariaValor CIF: costo de la mercancía más seguro y flete hasta el puerto o lugar de importación
IVA de importación12%Valor CIF más el DAI

¿Qué es el DAI?

El DAI es el impuesto aduanero por excelencia. Según el Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, los derechos arancelarios a la importación son los gravámenes contenidos en el Arancel Centroamericano de Importación, cuyo hecho generador es la operación de importación. En Guatemala, el DAI va de 0% a 20% según la partida arancelaria del producto, y se calcula sobre el valor CIF.

¿Cómo se calcula el IVA de importación?

El IVA de importación es del 12%, pero cuidado con la base: no se calcula solo sobre el valor de la mercancía, sino sobre la suma del valor CIF más el DAI. Es decir, el IVA se paga también sobre el arancel. Si le interesa saber cómo acreditar el IVA de importación que pagó, incluso en envíos por courier, lo explicamos en un artículo aparte.

¿Qué es el SAC y cómo determina la tarifa de su producto?

El SAC (Sistema Arancelario Centroamericano) es la nomenclatura del Arancel Centroamericano de Importación (ACI), basada en el Sistema Armonizado internacional. Cada mercancía tiene un código —el inciso arancelario— que determina su DAI y sus requisitos.

¿De dónde sale la tarifa de cada producto? Del ACI, que es el Anexo “A” del Convenio Arancelario y Aduanero Centroamericano. La versión vigente es el ACI Versión 6, de agosto de 2025, bajo la VII Enmienda del Sistema Armonizado (Resolución 450-2021, con modificaciones de las Resoluciones 486-2024, 487-2024 y 492-2024).

Este arancel es regional: lo aprueba el COMIECO para toda Centroamérica, dentro del mismo régimen jurídico del que nacen el CAUCA y el RECAUCA. Si quiere entender ese andamiaje legal, lea nuestro artículo sobre CAUCA y RECAUCA.

¿Qué es el valor en aduana y cómo se integra?

El valor en aduana es la base de cálculo de los tributos: se integra con el valor de transacción (el precio realmente pagado o por pagar), más los gastos de transporte, los gastos de seguro y otros gastos a cargo del importador que no estén en el precio. De nada sirve la tarifa correcta si la base está mal.

Así lo estructura la propia DUCA, campo por campo, como explicamos en la guía de la DUCA-D, DUCA-F y DUCA-T. La materia de valoración está desarrollada en el RECAUCA conforme al Acuerdo del Artículo VII del GATT de 1994; los métodos de valoración aduanera en importaciones los detallamos en otro artículo.

Un aviso importante: declarar un valor menor al real, apoyado en facturas alteradas o que no corresponden a la transacción, es un caso especial de defraudación aduanera con consecuencias penales. No es una zona gris: es delito cuando supera los umbrales legales.

¿Dónde consultar la tarifa exacta de su producto?

Antes de comprar, consulte las herramientas oficiales: el Arancel Integrado de la SAT, la consulta del ACI en línea de la SIECA y el Arancel Informatizado Centroamericano (AIC). Las tres muestran tarifas por inciso arancelario; el AIC incluye además requisitos no arancelarios y preferencias de tratados.

  • Arancel Integrado de la SAT (Guatemala): muestra el DAI y los impuestos aplicables por partida arancelaria.
  • Consulta del ACI en línea (SIECA): permite buscar por inciso arancelario o por descripción del producto, con la reglamentación por país.
  • Arancel Informatizado Centroamericano (AIC): incluye requisitos arancelarios y no arancelarios, incluidas las preferencias de los tratados de libre comercio.
  • Notas explicativas y criterios de clasificación: la SIECA publica notas explicativas del ACI y criterios de clasificación arancelaria (GRUTECA).

¿Cuándo bajan o desaparecen los impuestos por un TLC?

El DAI de la tarifa general no siempre es el que usted pagará: Guatemala tiene tratados de libre comercio vigentes que otorgan preferencias arancelarias, siempre que la mercancía sea originaria del país socio y se ampare en el certificado de origen correspondiente.

Los tratados vigentes: CAFTA-DR (con Estados Unidos, 2006), el Acuerdo de Asociación con la Unión Europea (2013), México (2013), Taiwán (2006), Colombia (2009), Chile, República Dominicana, Panamá, Reino Unido, Israel y Perú, además de acuerdos de alcance parcial con Cuba, Ecuador, Venezuela y Belice.

Las reglas de origen centroamericanas están en el Reglamento sobre el Origen de las Mercancías (Resolución 449-2021, con reglas específicas en la Resolución 461-2022).

Dato de actualidad: la adhesión de Guatemala al TLC con Corea del Sur fue aprobada por el Congreso (Decreto 18-2025) y a julio de 2026 está en fase final de entrada en vigor.

¿Qué permisos no arancelarios pueden aplicar?

Pagar impuestos no siempre basta: muchos productos requieren permisos previos de otras entidades antes del despacho. La SAT publica un catálogo de permisos no arancelarios para verificar qué aplica a su producto.

Entre ellos: permisos fitosanitarios y zoosanitarios del MAGA, registro sanitario del Ministerio de Salud para alimentos y medicamentos, autorizaciones del MEM para combustibles, DIGECAM para armas, o del MARN. Estos requisitos son parte del proceso completo de importación que describimos en cómo importar y exportar en Guatemala paso a paso.

¿Cuáles son los errores comunes que cuestan dinero?

Los cinco errores más frecuentes son clasificar mal el producto, olvidar el flete y el seguro en la base, no verificar preferencias de TLC, ignorar los permisos previos y subvaluar. Cada uno tiene un costo directo en tributos, multas o retrasos de despacho.

  • Clasificar mal el producto: un dígito equivocado puede duplicar el DAI o generar un ajuste con multa.
  • Olvidar el flete y el seguro en la base: el DAI se calcula sobre CIF, no sobre el valor de factura.
  • No verificar preferencias de TLC: pagar tarifa general cuando existía tarifa preferencial es regalar dinero.
  • Ignorar los permisos previos: sin ellos, la mercancía no se despacha aunque pague todos los impuestos.
  • Subvaluar “para ahorrar”: es defraudación aduanera. El ahorro de hoy es el proceso penal de mañana.

Para ver cómo los impuestos encajan en el sistema aduanero completo —documentos, regímenes, sanciones—, visite nuestra guía completa de aduanas en Guatemala.

Ejemplos prácticos

  1. Importación con DAI del 15%. Valor CIF de USD 10,000 y producto con DAI del 15%:
    • DAI: 10,000 × 15% = USD 1,500
    • Base del IVA: 10,000 + 1,500 = USD 11,500
    • IVA: 11,500 × 12% = USD 1,380
    • Total de tributos: 1,500 + 1,380 = USD 2,880
  2. La misma importación con DAI del 0%. Repita el ejercicio con un DAI del 0% (que aplica a muchas materias primas y bienes de capital): el total baja a USD 1,200, solo de IVA. La clasificación arancelaria correcta puede cambiar por completo la economía de su negocio: es la diferencia entre los dos importadores del inicio, que traían el mismo producto en el mismo barco.

Actualizado a julio 2026, conforme a la legislación guatemalteca vigente.

Por Jeovany Villanueva, Tax Partner, Asesor fiscal en Vesco Consultores

Preguntas Frecuentes

1. ¿Qué impuestos se pagan por importar a Guatemala? 

Como regla general, el DAI (Derechos Arancelarios a la Importación), de 0% a 20% sobre el valor CIF según la partida arancelaria, y el IVA del 12% sobre la suma del CIF más el DAI. Ciertos productos pagan además impuestos específicos.

2. ¿Qué es el DAI? 

Los Derechos Arancelarios a la Importación: según el Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, son los gravámenes contenidos en el Arancel Centroamericano de Importación cuyo hecho generador es la operación de importación. En Guatemala van de 0% a 20% sobre el valor CIF.

3. ¿Sobre qué base se calcula el IVA de importación? 

Sobre el valor CIF (costo más seguro y flete hasta el puerto o lugar de importación) más el DAI. No se calcula solo sobre el valor de la mercancía: el IVA del 12% se paga también sobre el arancel.

4. ¿Qué es el SAC? 

El Sistema Arancelario Centroamericano: la nomenclatura del Arancel Centroamericano de Importación, basada en el Sistema Armonizado internacional, que asigna a cada mercancía un código —el inciso arancelario— que determina su DAI y sus requisitos.

5. ¿Qué versión del arancel está vigente? 

El ACI Versión 6, de agosto de 2025, bajo la VII Enmienda del Sistema Armonizado, aprobada por la Resolución 450-2021 con modificaciones de las Resoluciones 486-2024, 487-2024 y 492-2024. Lo aprueba el COMIECO para toda Centroamérica.

6. ¿Dónde consulto el arancel de mi producto? 

En el Arancel Integrado de la SAT, en la consulta del ACI en línea de la SIECA y en el Arancel Informatizado Centroamericano (AIC), que incluye requisitos arancelarios y no arancelarios y las preferencias de los tratados de libre comercio.

7. ¿Qué es el valor en aduana? 

La base de cálculo de los tributos: el valor de transacción (precio realmente pagado o por pagar) más gastos de transporte, gastos de seguro y otros gastos a cargo del importador que no estén en el precio, conforme al RECAUCA y al Acuerdo del Artículo VII del GATT de 1994.

8. ¿Los TLC reducen los impuestos de importación?

Sí. Los tratados vigentes (CAFTA-DR, Unión Europea, México, Taiwán, Colombia, Chile y otros) otorgan preferencias arancelarias a mercancías originarias del país socio, amparadas en el certificado de origen correspondiente.

9. ¿Qué pasa si declaro un valor menor al real? 

Declarar un valor menor, apoyado en facturas alteradas o que no corresponden a la transacción, es un caso especial de defraudación aduanera: puede constituir delito con prisión y multa equivalente al valor de la mercancía cuando supera los umbrales legales.

10. ¿Todos los productos pagan DAI? 

No. Hay partidas con DAI de 0% —como muchas materias primas y bienes de capital— y las mercancías con preferencias de TLC pueden entrar sin arancel. Todo depende de la clasificación arancelaria y del origen de la mercancía.

11. ¿Quién aprueba el arancel de importación? 

El COMIECO lo aprueba para toda Centroamérica: el Arancel Centroamericano de Importación es el Anexo “A” del Convenio Arancelario y Aduanero Centroamericano, dentro del mismo régimen jurídico del que nacen el CAUCA y el RECAUCA.

12. ¿Qué pasa con el TLC entre Guatemala y Corea del Sur? 

La adhesión de Guatemala al TLC con Corea del Sur fue aprobada por el Congreso mediante el Decreto 18-2025 y, a julio de 2026, se encuentra en fase final de entrada en vigor.

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miguel mendez
hace 2 años
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Elizandro Vázquez
hace 2 años
Excelente artículo, de mucha ayuda para aquellos que no tengan acceso a alguna asesoría personal.
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Edgar Sazo
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hace 2 años
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muy interesante y bien explicado gracias
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hace 2 años
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Baldemar Morales
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ISAAC CORDOVA
hace 2 años
buenas tardes me podria asesorar sobre limpia mi nit. y no pagar multas por no declarar bajo 0
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Villas Suiza
hace 2 años
Excelente información, concisa y breve. Importante leerlo.
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Carlos Cifuentes
hace 2 años
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ANDREA MONROY
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