Como comerciante importador, es importante declarar ante la Superintendencia de Administración Tributaria lo que pasamos por aduanas y mantener solventes nuestras obligaciones tributarias, para ello nos sirve el registro de importados. Las mercancías internacionales pueden ser un ingreso que contraiga ganancias muy beneficiosas para los emprendedores, por lo que los impuestos sobre ellas contribuyen al país.
En el caso de los procesos por aduanas, nos encontramos con términos como Derechos Arancelarios de Importación (DAI), éstos representan a la obligación tributaria a la que se ven sometidos los importadores, pocas veces las exportaciones. En resumidas cuentas, el comerciante que trae productos de otros países a Guatemala debe pagar un arancel al Estado.
¿Cuáles son los requisitos para ser comerciante importador?
Según el acuerdo de Superintendencia 368-2003: Todos los contribuyentes que realizan importaciones con carácter comercial deben inscribirse en el Registro del Padrón de Importadores de SAT (formulario 101) y cumplir con los requisitos siguientes:
- Estar inscrito en el Registro Tributario Unificado (RTU)
- Tener actualizados sus datos en el RTU. En caso los datos no estén actualizados, deberá actualizarlos en:
- Cualquier oficina o agencia tributaria.
- Agencia Virtual o plataforma informática que se encuentre habilitada para el efecto, cumpliendo con los requisitos establecidos (DPI vigente, nombramiento de representante legal, escritura de constitución, etc.)
- Estar solvente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias formales y materiales.
- Tener establecimiento activo en el RTU y estar afiliado a impuestos. (IVA, ISR y otros, no aplica el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos)
- Contrato de adhesión para BancaSAT
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¿Cuál es el proceso para registrarse como comerciante importador?
El contribuyente debe contar con una cuenta bancaria en alguno de los bancos autorizados por la SAT para liquidar sus impuestos por ése medio. Una vez se genere el contrato debe acudir al banco en cuestión y solicitar la habilitación de BancaSAT. Cuando ya contemos con la herramienta, debemos ingresar a la subsección “Asiste Web”, puesto que aquí aparece el formulario de inscripción al Registro del Padrón de Importadores.
Dentro del formulario, los contribuyentes deben elegir los capítulos del Arancel Centroamericano de Importación, constituido por el Sistema Arancelario Centroamericano (SAC) y los correspondientes Derechos Arancelarios a la Importación. También es necesario seleccionar a los Agentes Aduaneros con los cuales van a trabajar y transmitir las declaraciones de mercancías.
En el apartado de aplicaciones de la Agencia Virtual se deben especificar las direcciones donde se almacenan las mercancías importadas. Se registran las bodegas, almacenes fiscales, locales, patios, recintos, etc., cualquier ubicación en la que se resguarden los productos internacionales.
De surgir inconvenientes o solicitar una agilización si la mercancía es perecedera o se quiere ratificar sobre las aduanas una vez ya iniciado el proceso, se debe redactar una carta firmada por el contribuyente donde se indique el problema que se tiene. En el caso de fallo de plataforma, se debe tomar una captura de pantalla, imprimirla y presentarla ante la SAT para obtener soluciones. Existe un correo que proporciona la ayuda necesaria para éstos procesos y solventar solicitudes: [email protected].
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¿Qué son los Permisos No Arancelarios?
La Ventanilla Ágil de Importaciones lo define como: Un Permiso o Requisito de Importación No Arancelario es un documento aduanero necesario para poder realizar una importación que no posee carácter tributario. Éstos deben aplicarse en la medida necesaria para proteger la vida o la salud de las personas y de los animales o para preservar los vegetales.
Éstos permisos son constituidos por otras entidades ajenas a la SAT. Por ejemplo, Ministerio de Agronomía, Ministerio de Salud, etc., por ello es necesario que, si se van a importar mercancías especiales, se realicen las gestiones correspondientes previo a que ingresen al país, para que no hayan retrasos o costos extras con los productos en la aduana.
La SAT ha elaborado un catálogo con los diferentes permisos no arancelarios existentes para que los comerciantes importadores puedan verificar los documentos que son indispensables para el ingreso de sus mercancías al territorio nacional.
¿Dónde encontrar el catálogo de permisos?
Para acceder al catálogo de permisos no arancelarios, debemos ingresar al portal web SAT.

Nos dirigimos al apartado de «Aduanas» en el encabezado superior, posteriormente a «Gestiones Aduaneras», tanto la subsección como la ventana. Al ingresar, nos aparecerá ésto:

Se nos despliegan varias opciones de información acerca de las aduanas, pero por el momento nos interesa el «Catálogo de Permisos».

Debajo de las bases legales y diferentes la explicación de qué entidades emiten las importaciones, podremos encontrar un vínculo que especifica cada una de las mercancías que requieren de permisos especiales por parte de alguna institución gubernamental en un documento PDF. Una vez hayamos encontrado la que necesitamos, podemos cumplir con el procedimiento que garantiza la seguridad de los bienes y el control sobre ellos.
¿Qué instituciones gubernamentales regulan las importaciones?
Las entidades que pueden emitir éstos permisos arancelarios para el ingreso de aduanas y no representan a la SAT, son:
- Ministerio de Economía
- Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social
- Ministerio de la Defensa Nacional
- Ministerio de Agronomía, Ganadería y Alimentación
- Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales
- Ministerio de Energía y Minas,
- Instituto Nacional de Bosques
- Consejo Nacional de Áreas Protegidas
- Dirección General de Control de Armas y Municiones
¿Cómo se nacionalizan las mercancías importadas?
Para nacionalizar la mercancía importada debe estar amparada bajo una Declaración Única Centroamericana, conocida como DUCA. Por medio de ésta, los contribuyentes eligen el régimen al que van a verse sometidos para traer los productos al país y se comprometen a cumplir con las obligaciones que se requieran según el régimen impuesto. Éste procedimiento es realizado por un Agente Aduanero, un auxiliar de la función pública donde presta sus servicios a los contribuyentes que se dedican a la importación de mercancías.
Existen dos declaraciones posibles en el territorio de Guatemala. La DUCA-D, que permite realizar importaciones de cualquier parte del mundo y la DUCA-F, que únicamente permite importaciones a nivel centroamericano para productos originarios de alguno de los países que integran América Central. Para ésta última no es necesaria la intervención de un agente aduanero y gozan de los beneficios del pago de los Derechos Arancelarios a la Importación.
Fuente: SAT.
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Importadores en Guatemala: respuestas a las dudas más frecuentes
El registro de importadores permite operar legalmente y garantiza el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la SAT. Además, facilita los trámites aduaneros, la autorización de permisos especiales y la obtención de créditos fiscales derivados de las importaciones.
Si realizas importaciones sin estar debidamente registrado, podrías enfrentar sanciones, suspensión de operaciones aduaneras y retención de mercancías. La SAT puede también imponer multas o restringir el uso de BancaSAT para tus operaciones tributarias.
Sí. La SAT permite la actualización de datos del RTU a través de la Agencia Virtual, siempre que cuentes con un usuario activo y tengas tus documentos escaneados, como DPI vigente, escritura de constitución y nombramiento de representante legal.
Un importador individual actúa a título personal y responde con su patrimonio propio, mientras que una empresa importadora lo hace mediante una persona jurídica registrada. En este último caso, es necesario presentar documentos adicionales como la escritura de constitución y el nombramiento de representante legal.
El tiempo varía según la correcta presentación de los documentos. En general, el proceso puede completarse entre 24 y 72 horas hábiles, siempre que no existan inconsistencias en el RTU ni observaciones en el formulario del padrón de importadores.
Sí, en la mayoría de los casos es necesario. El Agente Aduanero es quien realiza los trámites ante la SAT y garantiza que las declaraciones de mercancías se presenten conforme al Sistema Arancelario Centroamericano (SAC). Sin embargo, existen excepciones para importaciones intracentroamericanas bajo la DUCA-F.
Los principales tributos aplicables son el Derecho Arancelario a la Importación (DAI), el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y, en algunos casos, impuestos específicos según el tipo de mercancía (como bebidas alcohólicas o tabaco). Estos se liquidan a través de BancaSAT.
Puedes verificarlo en el Catálogo de Permisos No Arancelarios disponible en el portal de la SAT. Allí se indican los productos que requieren autorización de ministerios u otras instituciones antes de su ingreso al país.
En caso de retraso, el importador debe comunicarse con su Agente Aduanero y revisar el estado del proceso en la Agencia Virtual. Si el retraso es por fallos de sistema o documentación incompleta, se puede presentar una carta firmada y evidencia del problema ante la SAT para solicitar asistencia.
Sí, pero algunas categorías de productos usados (como vehículos o equipos electrónicos) requieren permisos especiales y certificaciones adicionales. Es importante revisar las regulaciones específicas antes de iniciar el proceso para evitar demoras o decomisos.
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