La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) informó el pasado martes 21 de febrero sobre un análisis con diversas fuentes de información que determinan el comportamiento tributario atípico de contribuyentes que adquieren bienes de lujo en comparación a los impuestos que declaran. Es decir, su patrimonio es mucho más elevado de lo que reportan.
En concreto, se especificó que identificaron a 169 personas individuales que durante el año 2022 adquirieron vehículos de lujo, tanto terrestres, marítimos como aéreos, cuyo valor imponible del Impuesto Sobre Circulación de cada vehículo (ISCV) oscila entre un rango de Q3,000.oo y Q17,000.00 en promedio por las marcas.
Esto, sin embargo, no concuerda con la carga tributaria de estos contribuyentes, pues se declara que es baja o nula en comparación a la capacidad económica que se necesita para adquirir estos vehículos, que tienen un valor en el mercado promedio de entre Q657.2 y Q1.7 millones de quetzales. Esto evidencia que el comportamiento tributario atípico es objeto de análisis e interés fiscal para la SAT, pues no se están liquidando los impuestos que realmente corresponden.
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¿Qué concluyó la SAT?
Gracias a la data que obtiene la Administración Tributaria derivada de los procesos de fiscalización, por la trazabilidad de la información con herramientas desarrolladas por la misma, se estará dando continuidad a los procesos de verificación para evitar este tipo de comportamientos de defraudación al Estado en cuestión de pago de impuesto.
En la conferencia también se solicitó a los contribuyentes que puedan rectificar su presentación de impuestos y aplicar a los descuentos correspondientes cuando es voluntario. El programa busca tener una cobertura mayor para la investigación de las empresas que más poder adquisitivo tengan.
¿Qué acciones se tomarán contra quienes declaren bajos impuestos?
Respecto a declarar nulos impuestos o muy bajos al respecto de sus bienes adquisitivos y de gran valor económico, se especificó que la ley dice, que cuando existe una duda razonable en relación con los impuestos, la Administración Tributaria puede pedir la información bancaria. Por lo mismo, la SAT estará solicitando dicha información financiera a quienes crea conveniente.
La fiscalización no es un proceso rápido, tarda bastantes meses. La idea de hacer públicas las tipologías de SAT es que si alguno de los propietarios que incumplen las normas fiscales establecidas, se acerquen de forma voluntaria a la Superintendencia y rectifiquen sus declaraciones para pagar sus impuestos antes de la fiscalización.
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¿Qué sanciones puedo tener si rectifico?
Las sanciones están tipificadas en el Código Tributario, y dependen mucho de qué tipo de contribuyente esté declarando. Se establece que es menos costoso el ratificar y pagar los impuestos que le corresponden, a esperar a que la Superintendencia descubra que no liquidó lo que debía y le imponga sanciones por las infracciones cometidas.
¿Cuáles son las consecuencias de no cumplir con las obligaciones tributarias?
Una de las faltas más comunes es la de no presentar las declaraciones en el plazo establecido ni el pago del impuesto en cuestión, la consecuencia en este caso es una multa diaria de Q50.00 con una sanción máxima de Q1,000.00. Otro de los casos es el de las sanciones por no llevar los libros al día, que será de Q5,000.00 por cada vez que se fiscalice al contribuyente.
La SAT ha redoblado esfuerzos por atender los bloqueos que existen en las aduanas y poder procesar correctamente toda la mercancía que entra y sale del país.
¿Qué consecuencias puedo tener si no pago impuestos?
Ahora que sabemos las retenciones se deben realizar para el pago de impuestos, es importante conocer las consecuencias que tiene el no cumplir con esta obligación fiscal, así como soluciones al respecto. En el caso de los costos y gastos no deducibles de ISR, los que el titular de la deducción no haya cumplido con la obligación de efectuar la retención y pagar el Impuesto Sobre la Renta cuando corresponda. Serán deducibles una vez se haya realizado la retención.
La solicitud del crédito fiscal también es una forma de librar las consecuencias. De ser agente de retención, deberá presentar los documentos que acrediten su estricto cumplimiento como tal. Así pues, en el pago extemporáneo de las retenciones puede tener tres sanciones:
- Intereses resarcitorios, la tasa actual es de 11.91%.
- Multa de 100% del impuesto omitido.
- Multa por presentación extemporánea del impuesto.
Las sanciones relativas sobre las retenciones por no percibir o retener los tributos conlleva una multa equivalente al impuesto dejado de retener o percibir.
Si no se presenta el informe anual de retenciones, la sanción equivale a Q5,000.00 la primera vez y Q10,000.00 la segunda. Si sucede más de dos veces, se aplicará la multa de Q10,000.00 más el 1% de ingresos.
Si no extiende la constancia de retención o las extiende extemporáneamente, una multa de Q1,000.00 por cada constancia de retención no entregada en tiempo.
Fuente: SAT.
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Cumplimiento fiscal en Guatemala: lo que todo contribuyente debe conocer
La SAT puede detectar inconsistencias si tus datos no están actualizados, especialmente en lo relacionado con domicilio fiscal, actividades económicas o régimen tributario. No mantener la información actualizada puede ocasionar multas o la suspensión temporal del NIT, lo que impide emitir facturas o realizar operaciones comerciales.
Sí. La SAT puede auditar a cualquier contribuyente, incluso si cumple con los plazos de pago. Las auditorías buscan verificar que las declaraciones sean correctas y que no haya omisiones, errores o incongruencias con los ingresos, egresos o patrimonio reportado.
Según la legislación tributaria, todos los contribuyentes deben conservar su documentación contable por al menos cuatro años. Esto incluye facturas, declaraciones, estados financieros y comprobantes de pago, ya que pueden ser requeridos durante una fiscalización o verificación de la SAT.
Si la SAT identifica un error, puedes presentar una rectificación voluntaria antes de que se inicie un proceso de auditoría. Esto reduce significativamente las sanciones y demuestra buena fe ante la Administración Tributaria. Si no lo haces, el proceso puede avanzar a una multa o recargo mayor.
Sí, pero hacerlo implica multas e intereses resarcitorios. La SAT cobra intereses diarios por pagos fuera de tiempo y multas por presentación extemporánea. Por eso, se recomienda presentar aunque sea con retraso, ya que no hacerlo genera consecuencias más graves, incluyendo bloqueos fiscales.
Los guatemaltecos que obtienen ingresos del extranjero también deben declarar dichos ingresos ante la SAT, según la normativa del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Aunque el dinero provenga de otros países, debe incluirse en la declaración anual y puede requerir documentación adicional para justificar su origen.
Puedes verificar tus obligaciones pendientes ingresando al portal de la SAT (www.sat.gob.gt) con tu NIT y contraseña. En la sección de “Consultas” o “Estado tributario” podrás revisar tus pagos, declaraciones omitidas, multas y cualquier proceso abierto en tu contra.
La SAT ofrece programas de regularización y descuentos para quienes corrigen sus declaraciones de forma voluntaria. Esto puede significar una reducción en las multas e intereses, además de evitar la apertura de procesos administrativos o judiciales por incumplimiento tributario.
Sí. No emitir facturas al realizar una venta o prestar un servicio constituye una infracción tributaria grave. Las sanciones incluyen multas que pueden alcanzar hasta Q10,000.00, cierre temporal del negocio y la pérdida de la autorización para emitir facturas electrónicas.
La SAT ha implementado herramientas tecnológicas y cruces de información con bancos, registros públicos y otras instituciones. Esto le permite identificar casos de evasión, inconsistencias entre ingresos declarados y nivel de vida, así como patrimonios que no corresponden con los impuestos pagados.
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