En este artículo te explicaremos los sencillos pasos para obtener la constancia de RTU.
Según el articulo 120 del Código Tributario indica que toda modificación de los datos de la inscripción, deberá comunicarse a la Administración Tributaria, dentro del plazo de treinta (30) días de ocurrida.
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Asimismo y dentro de igual plazo se avisará del cese definitivo de la actividad respectiva, para la cancelación del registro que corresponda.
Los contribuyentes deberán actualizar anualmente sus datos de inscripción, mediante anotación de los mismos en su respectiva declaración jurada anual del Impuesto sobre la Renta.
En dicha declaración deberán registrar, además, la actualización de su actividad económica principal, misma que constituirá aquella que en el período de imposición correspondiente hubiere reportado mayores ingresos al contribuyente.
Este proceso puede hacerse desde la Agencia Virtual o físicamente en cualquier agencia SAT.
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Si decide solicitar la constancia del RTU a través de la Agencia Virtual debe entrar con su usuario y contraseña, sin embargo, también puede hacerlo a través del portal de la SAT, en donde puede hacer el proceso personal o a terceros.
Los pasos a seguir son los siguientes:
1. Ingrese al sitio web de la SAT https://portal.sat.gob.gt/portal/
2. Clic en Consulta NIT y elija la opción: Constancia de RTU

3. Le solicitará que ingrese su número de CUI o NIT y que escriba los caracteres que ve en el recuadro.

4. Luego de ingresar los datos, aparecerá su nombre y la opción “Ver constancia” para poder verla.

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5. Aparecerá la Constancia de inscripción y modificación al registro tributario unificado con la información más reciente con la que cuenta la Superintendencia como: número de CUI, nombre completo, número y fecha de colegiado, si lo tiene registrado; fecha de inscripción, profesión y calificación de contribuyente.

6. En la misma ventana donde abrió su constancia aparece la opción de “imprimir” para que tenga la constancia física.

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Preguntas y respuestas sobre el proceso del RTU
La Constancia de RTU es el documento emitido por la SAT que acredita que una persona o empresa está inscrita en el Registro Tributario Unificado, y contiene la información más actualizada del contribuyente.
Sí. Todos los contribuyentes deben contar con su Constancia de RTU vigente, ya que es un requisito para realizar diversos trámites fiscales, bancarios y administrativos.
Debe actualizarse anualmente mediante la declaración jurada anual del Impuesto Sobre la Renta, o bien cuando exista algún cambio en los datos registrados.
El incumplimiento puede generar sanciones y multas, además de impedirle realizar trámites importantes como facturación, apertura de cuentas bancarias o gestiones con entidades públicas.
No necesariamente. Puede hacerlo en línea a través de la Agencia Virtual con usuario y contraseña, o directamente desde el portal de la SAT utilizando su NIT o CUI.
Sí. El portal de la SAT es compatible con dispositivos móviles, lo que permite consultar y descargar la constancia desde un teléfono o tablet.
No tiene ningún costo. La consulta y descarga de la Constancia de RTU es un trámite gratuito proporcionado por la SAT.
Incluye datos como: número de NIT, nombre completo, CUI, profesión, fecha de inscripción, actividad económica registrada y la calificación tributaria del contribuyente.
Sí. El trámite puede ser realizado por terceros siempre que cuenten con el número de NIT o CUI del contribuyente, ya que la consulta está habilitada en el portal de la SAT.
Sí. Tiene plena validez legal y es aceptada por bancos, instituciones públicas y privadas como comprobante oficial de la inscripción en el Registro Tributario Unificado.
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