Nuevo Régimen Electrónico de Pequeño Contribuyente en Guatemala

Cuando se trata de reducción de impuestos, nos emociona a todos. Muy pronto esto sucederá con el nuevo régimen electrónico de pequeño contribuyente en Guatemala.

Según el decreto 7-2019 que adiciona el artículo 54 E a la Ley del Impuesto al Valor Agregado IVA indica que, a partir del uno de marzo de dos mil veinte, la Administración Tributaria deberá poner a disposición de los contribuyentes del Régimen de Pequeño Contribuyente la plataforma electrónica para la gestión, cobro y control del impuesto a cargo de estos contribuyentes.

¿Quiénes pueden solicitar su incorporación a este Régimen electrónico de pequeño Contribuyente?

Cuál persona individual o jurídica cuyas ventas no superen los ciento cincuenta mil quetzales anuales (Q. 150,000.00)

¿Y Qué Gano con esto?

Es simple y sencillo. Ya no pagarás el 5% sobre tus ventas sino únicamente el 4% sobre tus ventas mensuales.  ¿Parece muy bueno para ser cierto no?

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¿Cuáles son los requisitos para adherirme a dicho régimen?

  1. Utilizar la plataforma electrónica: para la gestión cobro y control de impuestos
  2. Emitir Factura electrónica: en línea comúnmente llamada FEL.
  3. Registrar una Cuenta Bancaria: ante la Administración Tributaria (SAT) para que el décimo día hábil de cada mes calendario debite automáticamente de dicha cuenta el monto equivalente a aplicar el tipo impositivo del cuatro por ciento (4%) sobre el total de ingresos reportados en el mes inmediato anterior
  4. Tener su Domicilio Actualizado: Realizar la actualización de Datos es importante, ya que en una posible verificación de SAT no tenga problemas de localización.

¿Qué pasa si no tengo Fondos al momento que SAT debite de mi cuenta bancaria?

Para esto hay que tomar en consideración que si el contribuyente no tiene los fondos suficientes para cubrir el impuesto de este régimen en la fecha establecida, presentará la declaración dentro de los días que faltan para finalizar el mes calendario, pagando un tipo impositivo del cinco por ciento (5%) sobre el valor de los ingresos reportados en el mes inmediato anterior, de conformidad con las facturas electrónicas emitidas para tal efecto, sin que ello implique su exclusión del Régimen Electrónico de Pequeño Contribuyente.

¿Puedo aplicar a la reducción del impuesto al 4% si no tengo cuenta bancaria?

Esta opción no está disponible, ya que uno de los requisitos es registrar una cuenta bancaria para el débito de los fondos.

Beneficios Supuestos:

  1. Dado que será una retención automática no debes presentar ninguna declaración de impuestos adicional. Aunque este tema no está explícito en la ley es importante que se asesore con su equipo de Fiscalistas de Vesco Consultores para tener una ampliación a este tema.
  2. No se deben actualizar los libros de Ventas. Se entiende que en el mismo en la misma plataforma electrónica se llevara dicho control. Por lo que creemos que no habría que habilitar etiquetas de libros contables. Este tema también no esta explicito y se debe confirmar con su equipo de Fiscalistas de Vesco Consultores

¿Las facturas electrónicas llevarán algún tipo de leyenda?

La resolución de incorporación a este régimen deberá constar en las facturas electrónicas.

¿Cómo queda la retención del IVA?

Los Agentes de retención, y los que sean designados por la Superintendencia de Administración Tributaria, cuando paguen, acrediten en cuenta o de cualquier manera pongan a disposición ingresos a los contribuyentes calificados en este régimen no realizarán la retención del IVA.

Bancarización de las operaciones de pequeño Contribuyente

La Administración Tributaria promoverá la bancarización de los contribuyentes inscritos en el Régimen Electrónico de Pequeño Contribuyente.  Es importante indicar que al momento de dar tu cuenta bancaria a la Administración Tributaria automáticamente estas aceptando la bancarización de tus operaciones tanto de gastos como de ingresos. Es importante que te asesores con el grupo de fiscalistas de Vesco Consultores para ver que riesgos implica esto.

Libro electrónico de Pequeño Contribuyente

Según la publicación realizada en el sitio de www.sat.gob.gt índica el libro electrónico es una herramienta web que se encuentra en la Agencia Virtual, la misma permite facilitar el registro de los documentos en el Libro de Compras y Ventas de Pequeño Contribuyente en forma electrónica, para el cumplimiento voluntario de sus obligaciones. La herramienta tiene la particularidad que permite facilitar a los pequeños contribuyentes inscritos en el Régimen FEL, cargar automáticamente los documentos tributarios electrónicos -DTE- de ventas o servicios prestados y los documentos generados de forma manual. Asimismo, si no es emisor de FEL, puede realizar el ingreso de las compras realizadas en el período mensual y generar su declaración mensual a un solo clic

Pasos para utilizar la Herramienta de Libro electrónico de Pequeño Contribuyente

  1. Ingresa a la Agencia Virtual, con tu usuario y contraseña.
  2. Selecciona el menú Servicios / Sistema de Registro del Libro de Compras y Ventas para el Pequeño Contribuyente / Ingreso de Facturas.
  3. Selecciona mes y año a generar, acepta e ingresa.
  4. Si emites FEL, el sistema automáticamente cargará los datos de tus facturas en Ventas.
  5. Si posees autorización de facturas en papel, también puedes ingresarlas.
  6. Luego de haber generado todas tus Ventas y Servicios Prestados, cierra las ventas.
  7. Si recibiste FEL, el sistema cargará automáticamente los datos de tus facturas de tus Compras. Debes seleccionar las FEL que desees que se registren en la sección Compras y confirmar.
  8. Puedes ingresar los datos de las facturas recibidas en papel y posteriormente cierra las compras.
  9. Genera el resumen del Libro de Compras y Ventas.
  10. El sistema por una única oportunidad te solicitará ingresar el número del último folio utilizado en el mes anterior. Generar Formulario SAT-2046, para presentar en bancos o a través de tu banca en línea.
  11. Podrás descargar o imprimir tu libro de compras y ventas: Selecciona el menú Consultas / Sistema de Registro del Libro de Compras y Ventas para el Pequeño Contribuyente / Reporte del Libro de Compras y Ventas.


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Aspectos Clave del Régimen Electrónico para Emprendedores y Pequeños Negocios

¿Qué es el Régimen Electrónico de Pequeño Contribuyente?

Es una modalidad simplificada del Régimen de Pequeño Contribuyente que permite gestionar, declarar y pagar el impuesto sobre las ventas a través de una plataforma electrónica habilitada por la SAT, facilitando así el cumplimiento tributario.

¿Qué ventajas tiene el Régimen Electrónico frente al régimen tradicional?

Entre sus principales ventajas están: reducción del impuesto del 5% al 4%, automatización del débito bancario mensual, y eliminación de la necesidad de presentar declaraciones físicas. Además, fomenta la bancarización y formalización del contribuyente.

¿Cuándo comenzó a funcionar este régimen?

Este régimen entró en vigor el 1 de marzo de 2020, conforme lo establecido en el Decreto 7-2019, que modificó la Ley del IVA para incluir el artículo 54 E.

¿Qué tipo de facturación debo utilizar si me adhiero a este régimen?

Debes utilizar Factura Electrónica en Línea (FEL), ya que es obligatoria para todos los contribuyentes que se integren al Régimen Electrónico de Pequeño Contribuyente.

¿Cómo me doy de alta en el Régimen Electrónico?

Debes ingresar a la Agencia Virtual de la SAT, solicitar tu incorporación al régimen, registrar tu cuenta bancaria, y empezar a emitir FEL. Es importante tener tu información actualizada y cumplir con todos los requisitos electrónicos.

¿Puedo cambiarme del régimen tradicional al electrónico en cualquier momento?

Sí, siempre que cumplas con los requisitos establecidos y no superes el límite anual de Q150,000 en ventas. Puedes hacer la solicitud de incorporación desde la Agencia Virtual.

¿Qué sucede si supero los Q150,000 anuales en ventas?

Si superas el límite permitido para el Régimen de Pequeño Contribuyente, deberás cambiarte al régimen general del IVA. Esto implica llevar contabilidad formal y pagar el IVA mensual con crédito y débito fiscal.

¿Qué pasa si me atraso en actualizar mis datos ante la SAT?

Podrías tener problemas con la localización fiscal o con el proceso de débito automático del impuesto. Es fundamental tener tu domicilio fiscal actualizado para evitar sanciones o exclusión del régimen.

¿Puedo tener empleados si pertenezco a este régimen?

Sí, el régimen no impide tener trabajadores a tu cargo. Sin embargo, el manejo de planilla y retenciones laborales es un tema separado que deberás cumplir conforme a la legislación laboral vigente.

¿Qué pasa si cierro mi negocio mientras estoy en el régimen electrónico?

Debes notificar a la SAT el cese de actividades económicas. Mientras no lo hagas, el sistema seguirá generando el débito automático y podrías incurrir en obligaciones fiscales no deseadas.

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Basado en 120 reseñas.
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miguel mendez
hace 1 año
Excelente artículo, de mucha ayuda para aquellos que no tengan acceso a alguna asesoría personal.
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Edgar Sazo
hace 1 año
Excelente información sobre la Planilla del IVA. Logré resolver la duda sobre superar el monto máximo de IVA. Muchas gracias.
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Byron Chanquin
hace 1 año
Excelente detalle y descripción del tema tratado, claridad y enfoque en lo principal de sus artículo. Gracias
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Ivonne Gamarro
hace 1 año
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Edgar Ruiz
hace 2 años
muy interesante y bien explicado gracias
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CONDADO CATALINA
hace 2 años
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Carlos Eduardo
hace 2 años
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Baldemar Morales
hace 2 años
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ISAAC CORDOVA
hace 2 años
buenas tardes me podria asesorar sobre limpia mi nit. y no pagar multas por no declarar bajo 0
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Villas Suiza
hace 2 años
Excelente información, concisa y breve. Importante leerlo.
Excelentes columnas informativas
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Carlos Cifuentes
hace 2 años
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Luis Carlos Paiz
hace 2 años
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Josué G.
hace 2 años
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ANDREA MONROY
hace 2 años
Muchísimas gracias por compartir su conocimiento en materia tributaria. Les deseo muchos EXITOS...
Excelente información mil gracias
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siempre ahí para nosotros con atención al detalle, solución para problemas complejos y amabilidad. Nuestras gestiones un éxito gracias a la ayuda. Muy contentos de haberlos elegido como asesor financiero.
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Paola De Menendez
hace 3 años
nos ha brindado excelente nivel de servicio, con profesionales altamente cualificados para temas de impuestos y contabilidad corporativa. Soluciones claras y eficaces. Muy agradecidos por el servicio de calidad.
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Arnaur Sosa
hace 3 años
me encanta que siempre esten actualizados con las ultimas novedades laborales y fiscales
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Axel Bac
hace 3 años
agradecido por el soporte que me dieron en el problema fiscal que tuve por la mala gestión del equipo anterior
El trato es muy personalizado y profesional.
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Cristofer Calderon
hace 4 años
Desde que comenzamos a trabajar con Vesco, nos ha encantado
Vesco es una empresa muy profesional y estoy muy contento de haber trabajado con ellos.

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