El propósito principal de este artículo es dar a conocer quiénes deben obtener este documento tan importante denominado como solvencia fiscal pero sobre todo las consecuencias de no tenerlo.
Pareciera un documento insignificante y que no tiene tanta importancia en el tema de impuestos, pero obviar este requisito puede traer serios problemas.
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¿Qué es la solvencia fiscal?
Es el documento por medio del cual la Administración Tributaria hace constar que a la fecha de su expedición, un contribuyente se encuentra al día en el cumplimiento de sus deberes tributarios formales y ha pagado los adeudos tributarios líquidos y exigibles
¿Cómo se obtiene la solvencia fiscal?
El procedimiento para obtenerla se muestra en el siguiente video:
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¿En qué casos se debe obtener la solvencia fiscal?
1) Para soportar deducibilidad de Gastos
La empresa XYZ, S.A. realizó donaciones a asociaciones y fundaciones sin fines de lucro, de asistencia o servicio social, a las iglesias, a las entidades y asociaciones de carácter religioso y a los partidos políticos. Los asesores le aconsejan que debe exigir la Solvencia Fiscal a la entidad que realizó la donación.
¿Para Qué?
Para deducir el gasto del impuesto sobre la Renta y no sea objeto de reparo en caso de una auditoria por parte de la Administración Tributaria.
Lo anterior basado en el artículo 21 inciso 22 del decreto 10-2012
2) Entidades Exentas de impuestos
Cualquier persona que se encuentre exenta de algún impuesto ante la Administración Tributaria -SAT- están obligadas obtener la solvencia fiscal por lo menos 1 vez al año para efectos de mantener actualizado su registro como persona exenta. Si la entidad a la que representa está exenta de algún impuesto es importante que tome en consideración este punto.
Para ilustrar quienes son las personas exentas de impuestos lo vemos en la siguiente infografía.

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Preguntas frecuentes sobre la obtención y uso de la solvencia fiscal
No tener la solvencia fiscal puede generar sanciones, la suspensión de operaciones ante la SAT e incluso la imposibilidad de participar en licitaciones públicas o recibir donaciones deducibles de impuestos.
Generalmente debe renovarse una vez al año o cuando la Administración Tributaria lo requiera. Sin embargo, algunas entidades exentas deben hacerlo obligatoriamente cada 12 meses para mantener su estatus vigente.
Sí. Actualmente, la SAT permite realizar el trámite en línea a través de su portal oficial, siempre que el contribuyente tenga su acceso activo y sus obligaciones tributarias al día.
Se requiere estar inscrito ante la SAT, contar con los formularios de impuestos presentados y pagados, y no tener omisos ni procesos administrativos pendientes.
Sí. No solo las empresas están obligadas. Cualquier persona que realice actividades económicas o profesionales registradas ante la SAT puede necesitarla para trámites o licitaciones.
Presentar una solvencia fiscal falsificada constituye un delito tributario y puede acarrear multas elevadas, procesos penales y la cancelación del Número de Identificación Tributaria (NIT).
Sí. Si una empresa no cuenta con la solvencia fiscal o la de sus proveedores, los gastos asociados podrían no ser deducibles ante la SAT, afectando directamente su Impuesto sobre la Renta.
Sí. La SAT puede denegarla si detecta omisiones, declaraciones incompletas, diferencias en los pagos o incumplimiento de obligaciones formales del contribuyente.
Es necesario revisar los motivos del rechazo en el portal de la SAT, corregir los errores detectados (como formularios omitidos o pagos atrasados) y volver a presentar la solicitud.
Sí. Antes de solicitar la cancelación del NIT o el cierre formal de una empresa ante la SAT, se debe obtener la solvencia fiscal para demostrar que no existen obligaciones tributarias pendientes.
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