Expediente No. 603-2015 – Contencioso Administrativo
La Sala declaró sin lugar la demanda promovida y confirmó la resolución administrativa. Para el efecto, consideró: «… Al analizar las actuaciones el Tribunal establece que:
a) La demandante, por medio de formulario SAT dos mil ciento veintitrés cero cero cero cero doscientos noventa, de fecha treinta y uno de agosto de dos mil seis, compareció a solicitar la devolución del crédito fiscal del impuesto al valor agregado por los periodos del uno de julio al treinta de septiembre de dos mil dos
