Recurso de Casación No. 405-2017 – Contencioso Administrativo

La Sala declaró sin lugar la demanda y para fundamentar su fallo consideró: «… En tal virtud, el Tribunal debe examinar la procedencia o improcedencia de los ajustes relacionados en la resolución que origina el presente proceso, siendo el siguiente: 1. Costos no deducibles por no corresponder al período por diecinueve millones quinientos noventa y cinco mil novecientos diecisiete quetzales con cuarenta y siete centavos.