Expediente No. 123-2016 – Contencioso Administrativo

La Sala declaró con lugar la demanda, y como consecuencia revocó la resolución impugnada. Para fundamentar su fallo argumentó lo siguiente: «… Al examinar las actuaciones, este Tribunal determina que a folio ochenta y tres del expediente administrativo, en efecto, obra fotocopia certificada de la factura motivo de litis, la cual certificó la perito contador María Isabel Montenegro Melgar, y se extendió por «servicios técnicos prestados en Área de tomates y pimientos de exportación».