Las facturas en Papel o Facturas Preimpresas en Guatemala están a punto de no existir en Guatemala. La factura electrónica es la nueva tendencia para los contribuyentes, sin importar el Régimen Fiscal que se encuentren inscritos o tamaño de su operación.
Según el Reglamento del Impuesto al Valor Agregado (Acuerdo Gubernativo 5-2013), artículo 29, regulaba que los documentos que se autoricen para emitirse en papel tendrán dos años como plazo de vigencia contado a partir de la fecha de la resolución de autorizados. En el caso de la autorización de primeros documentos, el plazo de vigencia será de un año, computado de la misma manera.
Lo anterior fue modificado por el acuerdo gubernativo 222-2019 que introduce reformas al Reglamento del Impuesto Al Valor Agregado.
Conforme al Artículo 13 del acuerdo gubernativo 222-2019 las vigencias de facturas en papel o preimpresos serán vigentes de la siguiente manera:
A partir del 01 de enero de 2020
Quedara sin efecto las facturas y los demás los demás documentos en papel autorizados por la SAT antes del 09 de enero de 2013, fecha en la que entró en vigor el Acuerdo Gubernativo 5-2013, Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
Mantienen su vigencia indicada en la factura en papel
Las facturas y demás documentos autorizados para ser emitidos en papel entre el 09 de enero de 2013 y el 10 de noviembre de 2019. Mantendrán la vigencia establecida en la resolución por medio de la cual fueron autorizados.
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6 meses de vigencia de facturas preimpresas
Conforme el articulo 29 de dicho reglamento, reformado por el artículo 8 del citado acuerdo gubernativo, a partir del 11 de noviembre del año 2019, las autorizaciones de documentos para ser emitidos en papel se están otorgando con 6 meses de vigencia.
01 de julio 2021
A partir del 01 de julio de 2021, la Superintendencia de Administración Tributaria únicamente autorizara facturas por medio Factura Electrónica en Línea.
Mejores controles fiscales
Con estos cambios fiscales es importante que los contribuyentes refuercen sus controles fiscales. Recibir una factura no vigente puede derivar en perder el derecho a realizar deducciones del Impuesto Sobre la Renta y hacer uso del Crédito Fiscal respectivo.
Uso de la Factura Electrónica
Algunos contribuyentes aún están renuentes a usar Factura Electrónica, poniendo como ejemplo estos pretextos:
- Voy a recibir más requerimientos de SAT
- Me van a controlar más rápido
- Me da miedo dar mi información de ventas en tiempo real.
Lo anterior son mitos y el uso de factura electrónica no implica mas ajustes o auditorias, siempre que se lleve la contabilidad correctamente.
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Transición a la Factura Electrónica: Respuestas a las Preguntas Más Frecuentes
Emitir una factura en papel vencida puede considerarse un documento inválido ante la SAT. Esto significa que el receptor no podrá usarla para acreditar crédito fiscal ni deducir el gasto en el ISR. Además, el emisor podría enfrentar sanciones por incumplimiento tributario.
Debes revisar la resolución de autorización emitida por la SAT o la fecha de vencimiento impresa en los documentos. Si fueron autorizadas entre el 9 de enero de 2013 y el 10 de noviembre de 2019, se rigen por la vigencia indicada en dicha resolución.
No. La SAT no otorga prórrogas para la vigencia de facturas en papel. Una vez vencidas, debes migrar al sistema de Factura Electrónica en Línea (FEL) para continuar emitiendo documentos válidos.
Si tus facturas en papel aún están dentro del período de vigencia establecido, puedes seguir usándolas. Sin embargo, desde el 1 de julio de 2021, la SAT solo autoriza nuevas emisiones por medio de la plataforma FEL, lo que hace obligatoria la transición.
El principal riesgo es que las facturas emitidas no serán válidas, lo que puede derivar en sanciones, pérdida de deducibilidad y problemas en auditorías fiscales. También afecta la imagen profesional del contribuyente.
Las facturas electrónicas generadas a través del sistema FEL de la SAT son las que reemplazan oficialmente a las facturas en papel. Este sistema permite emitir, almacenar y consultar documentos tributarios en tiempo real.
Para incorporarte al sistema FEL necesitas contar con firma electrónica, estar inscrito como emisor en línea, contar con un certificador autorizado y habilitar un sistema de facturación compatible con los requerimientos de la SAT.
Puedes seguir usándolas dentro de su período de vigencia. Si no las utilizas en ese lapso, deberás anularlas y reportarlas como no utilizadas ante la SAT mediante los mecanismos establecidos.
La SAT ha centralizado el sistema de facturación en el esquema electrónico. Aunque algunos sectores tenían excepciones temporales, actualmente la mayoría de los contribuyentes deben operar exclusivamente con factura electrónica.
Emitir facturas vencidas puede ser sancionado con multas por documentación tributaria no válida, y en casos reincidentes, puede derivar en clausura temporal del negocio o intervención fiscal según lo estipulado en el Código Tributario.
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