Artículo 156: Trámite y Resolución de Ocurso
CÓDIGO TRIBUTARIO ARTICULO 156: Trámite y resolución. El Tribunal Administrativo Tributario y Aduanero de la Superintendencia de Administración Tributaria remitirá el ocurso a la dependencia que denegó el trámite del recurso de revocatoria, para que informe dentro del plazo perentorio de cinco (5) días hábiles. Sin embargo, cuando el Tribunal Administrativo Tributario y Aduanero de … Read more
