Artículo 156: Trámite y Resolución de Ocurso

CÓDIGO TRIBUTARIO ARTICULO 156: Trámite y resolución. El Tribunal Administrativo Tributario y Aduanero de la Superintendencia de Administración Tributaria remitirá el ocurso a la dependencia que denegó el trámite del recurso de revocatoria, para que informe dentro del plazo perentorio de cinco (5) días hábiles. Sin embargo, cuando el Tribunal Administrativo Tributario y Aduanero de … Read more

Artículo 155: Ocurso

CÓDIGO TRIBUTARIO ARTICULO 155: Ocurso. Cuando la Administración Tributaria deniegue el trámite del recurso de revocatoria, la parte que se tenga por agraviada podrá ocurrir ante el Tribunal Administrativo Tributario y Aduanero de la Superintendencia de Administración Tributaria, dentro del plazo de los tres (3) días hábiles siguientes al de la notificación de la denegatoria, … Read more

Artículo 154: Recurso De Revocatoria

CÓDIGO TRIBUTARIO ARTICULO 154: Revocatoria. Las resoluciones de la Administración Tributaria pueden ser revocadas de oficio, siempre que no estén consentidas por los interesados, o a instancia de parte. En este último caso, el recurso se interpondrá por escrito por el contribuyente o el responsable, o por su representante legal, ante el funcionario que dictó … Read more

Artículo 153: Objeto Y Procedimiento De Restitución De Pagos

CÓDIGO TRIBUTARIO ARTICULO 153: Objeto y procedimiento. Los contribuyentes o los responsables, podrán reclamar ante la Administración Tributaria la restitución de los saldos del crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado, de las retenciones que les hayan practicado y que no pudieran compensar, así como de lo pagado en exceso o indebidamente por cualquier tributo, … Read more

Artículo 152: Autorización y Procedimientos

CÓDIGO TRIBUTARIO ARTICULO 152: Autorización. Todo procedimiento deberá iniciarse por funcionario o empleado, debidamente autorizado para el efecto por la Administración Tributaria. Esta calidad deberá acreditarse ante el contribuyente o responsable. Análisis del Artículo 152 El Artículo 152 del Código Tributario establece una garantía procesal fundamental dentro de las actuaciones administrativas. Al utilizar la perífrasis … Read more

Artículo 151: Actas e Infracciones Tributarias

CÓDIGO TRIBUTARIO ARTICULO 151: Actas. De los hechos que puedan constituir incumplimiento de obligaciones o infracciones en materia tributaria, deberá dejarse constancia documentada y se ordenará la instrucción del procedimiento que corresponda. El contribuyente presunto infractor, deberá estar presente y podrá pedir que se haga constar lo que estime pertinente. En su ausencia, dicho derecho … Read more

Artículo 150: Requisitos de la Resolución

CÓDIGO TRIBUTARIO Análisis del Artículo 150 El Artículo 150 del Código Tributario (Decreto 6-91) establece la estructura formal y de fondo que rige el acto administrativo con el que la SAT concluye un procedimiento. La expresión imperativa “deberá contener como mínimo” impone una obligación jurídica ineludible para la Administración Tributaria, garantizando el derecho de defensa, … Read more

Artículo 149: Plazo para Dictar Resolución

CÓDIGO TRIBUTARIO ARTICULO 149: Plazo para dictar resolución. Concluido el procedimiento, se dictará resolución de los treinta (30) días hábiles siguientes: Transcurrido el plazo anterior, si la Administración Tributaria no resuelve y notifica al contribuyente la resolución, dentro de los ciento quince (115) días hábiles siguiente a la notificación de conferimiento de audiencia por ajustes … Read more

Artículo 148: Medidas Para Mejor Resolver

CÓDIGO TRIBUTARIO ARTICULO 148: Medidas para mejor resolver. Se haya o no evacuado la audiencia, de oficio o a petición de parte, la Administración Tributaria podrá dictar resolución para mejor resolver conforme lo dispuesto en el Artículo 144 de este Código. Análisis del Artículo 148 El Artículo 148 del Código Tributario guatemalteco (Decreto 6-91) consagra … Read more

Artículo 147: No Evacuación de Audiencias

CÓDIGO TRIBUTARIO ARTICULO 147: No evacuación de audiencias. Si el contribuyente o el responsable no evacuare la audiencia, se dictará la resolución correspondiente que determine el tributo, intereses, recargos y multas. Al estar firme la resolución se procederá a exigir el pago. Análisis del Artículo 147 El Artículo 147 del Código Tributario establece una consecuencia … Read more