Durante años, miles de agricultores y ganaderos guatemaltecos pagaron impuestos como si fueran grandes empresas, aun cuando sus ingresos apenas alcanzaban para reinvertir. Hoy existe un régimen que puede bajar esa carga al 1.5% de las ventas brutas. Suena demasiado bueno, lo sé. Y hay una trampa silenciosa en el reglamento que deja a muchos productores afuera sin que siquiera se den cuenta. Te voy a contar cuál es… pero antes debes conocer el marco completo para no cometer ese error. Sigue leyendo.
Qué es el Régimen Primario y Pecuario en Guatemala
El Régimen Primario y Pecuario es un sistema fiscal simplificado creado por el Decreto 31-2024, también conocido como Ley para la Integración del Sector Productivo Primario y Agropecuario. El Congreso lo emitió el 19 de noviembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial el 9 de diciembre de 2024 y entró en vigor el 9 de abril de 2025. Su reglamento, el Acuerdo Gubernativo 54-2026, se publicó el 20 de abril de 2026.
En lugar de pagar IVA e Impuesto Sobre la Renta por separado, los productores inscritos pagan un solo impuesto: el Impuesto a la Confianza Tributaria. Ese impuesto es definitivo, no genera crédito fiscal para el comprador y vive bajo reglas más simples que el régimen general.
Por qué existe este régimen
La exposición de motivos del Decreto 31-2024 lo dice claro: muchos productores del campo estaban invisibles para el fisco. No por mala fe, sino porque las reglas del IVA, ISR e ISO eran un laberinto. La ley busca tres objetivos concretos:
- Formalizar a los pequeños y medianos productores del sector primario y pecuario.
- Simplificar el cumplimiento tributario en la cadena agrícola, pecuaria, hidrobiológica, apícola y artesanal.
- Ordenar la trazabilidad de productos que llegan a supermercados, mercados cantonales, municipales, centros de acopio y restaurantes.
Los Dos Regímenes Creados por el Decreto 31-2024
El Decreto creó dos regímenes paralelos. Aunque comparten filosofía, las reglas cambian según el sector.
Régimen Primario (agrícola y artesanal)
Aplica a quienes producen o comercializan:
- Productos agrícolas (vegetales, cultivos, hongos).
- Artesanías hechas a mano con aparatos sencillos y método tradicional.
Techo de ventas: 3,500 salarios mínimos mensuales del sector no agrícola. Con el salario mínimo vigente en 2026, eso equivale aproximadamente a Q 13.3 millones anuales. Si lo pasas, sales del régimen automáticamente y debes migrar al IVA General y al ISR sobre Utilidades.
Régimen Pecuario (pecuario, hidrobiológico y apícola)
Aplica a:
- Crianza, engorde, desarrollo, producción, faenado, sacrificio e intermediación de especies avícola, bovina, bufalina, caprina, cunícola, equina, ovina o porcina.
- Pesca artesanal e hidrobiológicos (peces, crustáceos, moluscos).
- Producción apícola (miel, cera, propóleo).
Techo de ventas: no existe un techo general. La ley excluye únicamente a las grandes compañías porcinas, avícolas y de pesca industrial, que se mantienen en el Régimen del IVA por su naturaleza y escala.
Cuánto se Paga en el Régimen Primario y Pecuario
El Impuesto a la Confianza Tributaria tiene cuatro tarifas claras:
| Actividad | Tarifa | Base de cálculo |
| Ventas locales de productos primarios o pecuarios | 1.5% | Ventas brutas |
| Exportación de productos primarios | 2% | Ventas brutas |
| Exportación de animales vivos (en pie) | 2% | Valor exportado |
| Intermediarios de productos bovinos | 10% | Utilidad (venta menos compra) |
Leer mas: cómo se calcula el monotributo del 1.5%
Para que la tarifa del 1.5% aplique, las ventas deben destinarse a compradores calificados: supermercados, mercados cantonales, mercados municipales, centros de acopio o restaurantes (los restaurantes aparecen en el reglamento y en el título de los capítulos II y III de la ley).
Transformación Industrial: la Trampa Silenciosa
Aquí viene lo que te prometí al principio. El reglamento define como transformación industrial cualquier proceso que altere física, química, biológica o mecánicamente las características esenciales del producto. Incluye molienda, trituración, prensado, laminado, refinación, pasteurización, hidrogenación, curtido, fermentación con aditivos, secado industrial, curado, extracción, homogenización, fraccionamiento con envasado o empacado industrial.
Si tu producto pasa por cualquiera de esos procesos, quedas fuera del régimen. Tienes que tributar bajo IVA General e ISR sobre Utilidades, con toda la complejidad que eso implica.
Leer mas: qué se considera transformación industrial
En cambio, sí están permitidas actividades mínimas como limpieza, selección, clasificación, refrigeración y almacenamiento. Ejemplo sencillo: vender leche cruda al centro de acopio califica. Pasteurizarla y envasarla antes de venderla, no.
Obligaciones Formales que Deben Cumplir los Inscritos
Aunque el régimen es simplificado, no es un cheque en blanco. El artículo 7 de la ley y los artículos del Capítulo II del reglamento fijan las siguientes obligaciones mínimas:
- Estar inscrito en el Régimen de Factura Electrónica en Línea (FEL).
- Llevar libro de compras y ventas electrónico habilitado por la SAT.
- Emitir en todas las ventas una factura específica del Régimen Primario o Pecuario.
- Exigir y conservar las facturas de las compras durante el plazo de prescripción.
- Presentar declaración mensual cuando haya operaciones.
- Presentar declaración anual informativa siempre, aun sin operaciones.
- En el Régimen Pecuario, georreferenciar la finca, centro de operaciones o establecimiento ante la SAT.
Si incumples estas obligaciones por tres meses consecutivos, la Administración Tributaria puede cancelarte la inscripción e incorporarte de oficio al Régimen General del IVA y al Régimen sobre Utilidades del ISR. Nadie quiere eso.
Cómo Inscribirse ante la SAT y el MAGA
La ruta es clara y está detallada en los artículos 4 y 5 del Decreto y en los artículos 8 al 11 del reglamento. El proceso exige un dictamen previo del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA) que te califique como productor, comercializador o intermediario.
Documentos mínimos que exige el reglamento:
- Solicitud de inscripción declarando tu actividad agrícola, pecuaria o artesanal.
- Constancia de inscripción en el Registro de personas y establecimientos agropecuarios o de artesanías del MAGA.
- Documento que acredite propiedad, uso, usufructo, arrendamiento o posesión del inmueble donde se cultiva, cría o elabora.
- Detalle de producción anual estimada firmado por contador autorizado.
- Solvencia fiscal con antigüedad menor a 30 días.
- Libro de salarios autorizado y planillas del IGSS de los últimos tres períodos.
- Copia legalizada del registro de accionistas o aportaciones de capital, si eres persona jurídica.
Leer mas: guía paso a paso de inscripción ante SAT y MAGA
Si la SAT detecta inconsistencias, abrirá audiencia por cinco días. Si consignas datos falsos, presentará denuncia penal.
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Casos Prácticos que Puedes Aplicar Hoy
Caso 1: Don Julio, cafetalero de Huehuetenango
Don Julio cosecha café, lo selecciona, lo clasifica y lo vende en pergamino al centro de acopio. Ventas anuales: Q 8 millones.
- ¿Puede inscribirse? Sí. Está bajo el techo de Q 13.3 millones y no transforma industrialmente.
- Impuesto del año: 1.5% × Q 8,000,000 = Q 120,000.
- Si exportara directo, pagaría 2% = Q 160,000.
Caso 2: Doña Marta, ganadera de Escuintla
Doña Marta cría ganado bovino y vende leche cruda al centro de acopio. Ventas: Q 20 millones.
- ¿Puede inscribirse? Sí. El Régimen Pecuario no tiene techo para bovinos.
- Impuesto del año: 1.5% × Q 20,000,000 = Q 300,000.
- En ISR sobre Utilidades al 25%, con un margen del 15%, pagaría Q 750,000. Ahorro real: Q 450,000 anuales.
Caso 3: Lácteos del Valle
La empresa compra leche cruda, la pasteuriza, homogeniza y envasa para supermercados.
- ¿Puede inscribirse? No. La pasteurización y el envasado industrial son transformación industrial. Debe tributar con IVA General e ISR sobre Utilidades.
Caso 4: Don Felipe, intermediario bovino en Petén
Don Felipe compra reses a pequeños ganaderos por Q 5 millones y las revende a supermercados por Q 6.5 millones.
- ¿Puede inscribirse? Sí, como intermediario.
- Impuesto: 10% × (Q 6,500,000 − Q 5,000,000) = Q 150,000 al año.
Leer mas: tributación del intermediario bovino al 10% sobre utilidad
El Detalle que Casi Nadie Conoce
Aquí va lo que te prometí. El reglamento incluyó expresamente a los restaurantes como compradores calificados para el 1.5%, pero la ley matriz solo los nombra en el título del capítulo y no en el cuerpo de los artículos 4 y 5. Significa que, mientras eso no se aclare o se impugne, vender al restaurante califica al 1.5%; sin embargo, cualquier acción de inconstitucionalidad podría moverlo. Si tu negocio depende fuerte de restaurantes, documenta cada venta, guarda contratos y diseña un plan B tributario.
Además, el artículo 21 de la ley contempla una amnistía del 5% sobre ingresos no declarados. Atención: esa porción está suspendida provisionalmente por la Corte de Constitucionalidad (Expedientes Acumulados 2587-2025, 2588-2025, 2608-2025 y 2612-2025). Antes de usarla, confirma su vigencia con un asesor.
Leer mas: estado actual de la amnistía del 5%
Preguntas Frecuentes
Es un sistema fiscal simplificado creado por el Decreto 31-2024 que permite a agricultores, ganaderos, pescadores, apicultores y artesanos pagar un impuesto único del 1.5% sobre ventas brutas, en lugar de IVA e ISR por separado.
Se paga 1.5% sobre ventas locales, 2% sobre exportaciones de productos primarios y animales vivos, y 10% sobre la utilidad para intermediarios de productos bovinos.
El techo es 3,500 salarios mínimos mensuales del sector no agrícola, cerca de Q 13.3 millones anuales. Si se supera, debes pasar al Régimen General.
Quedas fuera del régimen. Debes tributar con IVA General e ISR sobre Utilidades. Son excepciones: limpieza, selección, clasificación, refrigeración y almacenamiento.
Solicitud, constancia del MAGA, documento de propiedad o posesión, estimación de producción firmada por contador, solvencia fiscal, libro de salarios y planillas del IGSS, y registro de accionistas si eres persona jurídica.
No. Las facturas emitidas bajo el Régimen Primario o Pecuario no generan derecho a crédito fiscal para el comprador.
A supermercados, mercados cantonales, mercados municipales, centros de acopio y restaurantes. El comprador final está excluido del impuesto.
Si incumples por tres meses, la SAT puede cancelarte la inscripción e incorporarte de oficio al IVA General y al ISR sobre Utilidades.
Sí. Si tienes actividades distintas, puedes inscribirte en el Régimen General o Pequeño Contribuyente, llevando libros separados por actividad.
La tarifa y la declaración jurada patrimonial están suspendidas provisionalmente por la Corte de Constitucionalidad. Confirma su vigencia antes de aplicarla.
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