ZOLIC es la Zona Libre de Industria y Comercio Santo Tomás de Castilla, una institución del Estado creada por el Decreto 22-73, con sede en Puerto Barrios, Izabal. Sus usuarios gozan de exención del ISR al 100% durante diez años, dividendos exentos y exención de IVA, aranceles y timbres fiscales sobre las operaciones dentro de la Zona Libre.
📌 En resumen
- Base legal: Ley Orgánica de ZOLIC, Decreto 22-73, reformada por el Decreto 30-2008, y su Reglamento de 1973.
- ISR: exención del 100% por diez años desde el inicio de operaciones del usuario (Art. 32). Los dividendos que distribuye también están exentos.
- IVA y aranceles: exentos en la importación de mercancías a la Zona Libre y en los actos gravados realizados dentro de ella (Arts. 32 y 32 Bis).
- Timbres fiscales: exentos los documentos sobre bienes o negocios dentro de la zona (Art. 32).
- Fiscalización: a cargo de la SAT (Art. 34). No se pueden acumular beneficios de otras leyes de fomento industrial (Art. 48 Bis).
¿Qué es ZOLIC y qué naturaleza jurídica tiene?
ZOLIC es una institución del Estado de Guatemala, no una empresa privada. El artículo 1 del Decreto 22-73 le da personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía funcional, con plena capacidad para adquirir derechos y obligaciones. Su domicilio legal está en el departamento de Izabal.
El artículo 2 agrega que su duración es ilimitada y que se rige por su ley orgánica, sus reglamentos y los acuerdos de su Junta Directiva. Se comunica con el Organismo Ejecutivo por medio del Ministerio de Finanzas Públicas.
ZOLIC es anterior a la Ley de Zonas Francas, Decreto 65-89 y tiene reglas propias.
¿Dónde está ubicada ZOLIC y qué es un área extra-aduanal?
ZOLIC opera en un área extra-aduanal dentro del perímetro del plan regulador del Puerto Santo Tomás de Castilla, en Puerto Barrios, Izabal. Así lo fija el artículo 3, reformado por el Decreto 30-2008. Puede abrir oficinas en otras partes del país o en el extranjero.
El mismo artículo 3 define el área extra-aduanal como el área física vigilada donde se permite ingresar mercancías a una parte delimitada del territorio nacional, tratándolas como si no estuvieran dentro del territorio aduanero para efectos de derechos e impuestos de importación. En términos simples: la mercancía se trata como si aún no hubiera entrado al país.
La reforma de 2008 amplió el alcance de ZOLIC. Ahora también puede habilitar áreas extra-aduanales fuera del perímetro portuario, en cualquier parte del país, para operar como zonas de desarrollo económico especial públicas. Esta figura se explica en nuestro artículo sobre qué es una ZDEEP y cómo funcionan las zonas de desarrollo económico especial públicas.
¿Qué actividades se pueden realizar dentro de ZOLIC?
Dentro de las áreas de ZOLIC se permiten actividades de producción industrial, comerciales y de prestación de servicios lícitos. La condición es que no estén excluidas por el Decreto 22-73 ni por otra ley. Así lo establece el artículo 4, reformado por el Decreto 30-2008, y todas esas actividades quedan amparadas por los incentivos de la ley.
Son usuarios de la Zona Libre las personas autorizadas para instalarse y operar dentro de las áreas habilitadas. El artículo 42 del Reglamento prohíbe la venta al detalle dentro de la Zona, salvo a turistas en tránsito con compras mayores a cien quetzales, que reciben la mercancía a bordo del vehículo con el que salen del país.
¿Qué funciones cumple ZOLIC y quién la dirige?
El artículo 5 asigna a ZOLIC estas funciones:
- Promover inversiones nacionales y extranjeras.
- Construir la infraestructura necesaria para cumplir sus fines.
- Autorizar que inversionistas privados desarrollen infraestructura propia.
- Dar en administración, arrendamiento o usufructo oneroso sus inmuebles.
- Prestar servicios logísticos de almacenaje, custodia y manejo de mercancías.
Según el artículo 6, la dirigen tres órganos: Junta Directiva, Gerencia General y Subgerencia General. La Junta Directiva es la autoridad máxima. La integran un Presidente nombrado por el Presidente de la República, un Director Vicepresidente por el Ministerio de Finanzas Públicas y directores de la Empresa Portuaria Nacional, la Cámara de Comercio, la Cámara de Industria y la Municipalidad de Puerto Barrios. La Gerencia General dirige las operaciones y responde ante la Junta.
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¿Qué beneficios fiscales reciben los usuarios de ZOLIC?
Los usuarios que se instalan y operan en la Zona Libre gozan de exención del ISR al 100% por diez años, dividendos exentos, y exención de IVA, aranceles y timbres fiscales en sus operaciones dentro de la zona. La base legal son los artículos 32 y 32 Bis, reformados y agregados por el Decreto 30-2008.
| Beneficio | Qué cubre | Base legal |
|---|---|---|
| ISR sobre utilidades | Exención del 100% por diez años, contados desde el inicio de operaciones en la Zona Libre | Art. 32, Decreto 22-73 |
| ISR sobre dividendos | Dividendos y utilidades distribuidos a socios o accionistas, individuales o jurídicos | Art. 32, Decreto 22-73 |
| Importación de mercancías | IVA, derechos arancelarios y demás cargos a la importación de lo que ingresa a la Zona Libre | Art. 32, Decreto 22-73 |
| IVA interno | Hechos y actos gravados realizados dentro de la Zona Libre | Art. 32, Decreto 22-73 |
| Timbres fiscales | Documentos con actos o contratos sobre bienes o negocios dentro de la zona | Art. 32, Decreto 22-73 |
| Insumos, maquinaria y equipo | Aranceles, IVA y demás gravámenes por su internación y permanencia en la zona | Art. 32 Bis, Decreto 22-73 |
¿Desde cuándo corren los diez años de exención del ISR?
El plazo corre desde que la empresa inicia operaciones dentro de la Zona Libre. La propia ZOLIC comunica esa fecha a la SAT.
Sobre los dividendos: si el socio es una persona jurídica, la exención le corresponde solo a esa entidad y no se traslada a los socios que la integran.
¿Qué incluye el artículo 32 Bis?
Cubre mercancías, materias primas, insumos, empaques, envases, maquinaria, equipo, repuestos y accesorios destinados a las actividades del artículo 4. Quedan exentos de derechos arancelarios de importación, IVA y demás gravámenes fiscales, tanto al ingresar como mientras permanecen en la Zona Libre.
Una zona franca del Decreto 65-89 ofrece beneficios parecidos, pero no idénticos. Las diferencias se detallan en la comparativa entre zona franca, ZDEEP, maquila y ZOLIC.
¿ZOLIC como institución paga impuestos?
No. El artículo 31 exonera a ZOLIC de impuestos, derechos y arbitrios fiscales o municipales, presentes o futuros, para el cumplimiento de sus fines. Esta exención es de la institución y es distinta de la que reciben los usuarios.
El Decreto 30-2008 agregó una regla sobre el IVA. ZOLIC está exenta de soportar el IVA de los actos gravados por la Ley del IVA. Quien le vende un bien o le presta un servicio le emite la factura, pero ZOLIC no paga el IVA consignado. En su lugar, entrega una constancia de exención autorizada por la SAT.
¿Qué pasa con las mercancías que no se retiran de ZOLIC?
Se consideran tácitamente abandonadas a favor del fisco. El artículo 33 Bis aplica esta regla cuando vence el contrato de depósito, almacenamiento, arrendamiento, usufructo o administración y los bienes siguen en las instalaciones. También aplica si un juez competente ordenó desocupar el área.
La ley remite al artículo 94, literal b), del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA) para la figura del abandono. Los bienes se trasladan de inmediato a la SAT, que procede según el artículo 95 del mismo Código.
¿Quién fiscaliza ZOLIC y a sus usuarios?
La SAT. El artículo 34 le encarga la fiscalización y control del régimen fiscal de ZOLIC y de sus usuarios, conforme al Decreto 22-73, sus reglamentos, la Ley Orgánica de la SAT y las demás leyes tributarias y aduaneras. Puede dictar disposiciones para vigilar la entrada, permanencia y salida de mercancías.
¿Cómo se instala una empresa como usuaria de ZOLIC?
La empresa debe presentar una solicitud por escrito a la Gerencia General de ZOLIC y cumplir los requisitos del reglamento interno. Así lo indica el artículo 44 del Reglamento de la Ley Orgánica de ZOLIC. Después firma un contrato con sus deberes, obligaciones y responsabilidades, y paga las tarifas vigentes por el uso de las instalaciones (artículo 25).
Otras reglas del Reglamento:
- Ingreso de personas (Art. 13): solo entran funcionarios de ZOLIC, propietarios o representantes de empresas usuarias, su personal registrado ante la Gerencia General y personal aduanero o de fiscalización en comisión oficial.
- Pases y credenciales (Arts. 14 a 17): cada usuario debe tramitarlos para su personal.
- Manifiestos de carga (Art. 28): todo embarque con destino a ZOLIC se consigna en manifiestos rotulados con el nombre de la Zona Libre, separado de otra carga.
La ley también fija límites. El artículo 35 prohíbe residencias particulares dentro de ZOLIC y el ingreso de personas que no cumplan las formalidades para permanecer en el país. Las actividades fuera de las áreas habilitadas no gozan de beneficios (artículo 46). Las empresas instaladas no pueden acumular beneficios de otras leyes de fomento industrial (artículo 48 Bis).
¿Puede un usuario contratar personal técnico extranjero?
Sí. El artículo 35 permite contratar personal técnico especializado del exterior. El Ministerio de Trabajo otorga permisos automáticos por tres meses mientras se completan los requisitos de la autorización definitiva, conforme al artículo 13 del Código de Trabajo.
Para ubicar a ZOLIC entre los demás regímenes especiales, consulte la guía completa de zonas francas en Guatemala.
¿Cómo se aplica el régimen de ZOLIC en la práctica?
Ejemplo 1: ahorro de ISR en el tercer año de operaciones
Una empresa de logística inició operaciones en ZOLIC en 2024. En 2026 obtiene una utilidad de Q2,000,000. Por estar dentro de los diez años del artículo 32, no paga ISR sobre esa utilidad. Fuera de la Zona Libre, con la tarifa general del 25% sobre utilidades, habría pagado Q500,000. Si reparte Q1,000,000 en dividendos a sus socios, esos dividendos también están exentos.
Ejemplo 2: importación de maquinaria
Un usuario importa maquinaria por Q1,500,000 para su planta dentro de la Zona Libre. Según el artículo 32 Bis, no paga el IVA de importación del 12%, que serían Q180,000, ni los derechos arancelarios que correspondan.
Ejemplo 3: proveedor que vende a ZOLIC
Una constructora presta a ZOLIC un servicio de mantenimiento por Q100,000 más IVA. Emite la factura con Q12,000 de IVA. ZOLIC paga solo los Q100,000 y entrega a la constructora una constancia de exención autorizada por la SAT, según el artículo 31.
Actualizado a septiembre de 2026, conforme a la legislación guatemalteca vigente.
Autor: Vesco Consultores
Preguntas Frecuentes
ZOLIC es la Zona Libre de Industria y Comercio Santo Tomás de Castilla, creada por el Decreto 22-73. Es una institución del Estado con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía funcional, con domicilio en Izabal. Administra un área extra-aduanal y otorga incentivos fiscales a las empresas autorizadas como usuarias.
Su sede está dentro del perímetro del plan regulador del Puerto Santo Tomás de Castilla, en Puerto Barrios, Izabal, según el artículo 3 del Decreto 22-73. Puede abrir oficinas en otras partes del país o del extranjero y habilitar áreas extra-aduanales fuera del puerto.
Es el área física vigilada donde se permite ingresar mercancías a una parte delimitada del territorio nacional, tratándolas como si no estuvieran en el territorio aduanero para efectos de derechos e impuestos de importación. Así la define el artículo 3 de la Ley Orgánica de ZOLIC, reformado por el Decreto 30-2008.
El artículo 4 del Decreto 22-73 permite actividades de producción industrial, comerciales y de prestación de servicios lícitos que no estén excluidas por esa ley u otra. Todas quedan amparadas por los incentivos fiscales de la ley. La venta al detalle está prohibida, salvo la excepción para turistas en tránsito.
El artículo 32 del Decreto 22-73 otorga exención del 100% del Impuesto Sobre la Renta durante diez años. El plazo se cuenta desde que la empresa inicia operaciones dentro de la Zona Libre. ZOLIC es la encargada de comunicar esa fecha de inicio a la SAT.
No. El artículo 32 del Decreto 22-73 declara rentas exentas del ISR los dividendos y utilidades que los usuarios distribuyan a socios individuales o jurídicos. Si el socio es una persona jurídica, la exención es solo de esa entidad y no se traslada a quienes la integran.
No. El artículo 32 exonera del IVA, derechos arancelarios y demás cargos la importación de mercancías que ingresen a la Zona Libre. El artículo 32 Bis extiende la exención a materias primas, insumos, maquinaria, equipo y repuestos, tanto por su ingreso como por su permanencia en la zona.
No. Según el artículo 31 del Decreto 22-73, ZOLIC está exenta de soportar el IVA. El proveedor emite la factura, pero ZOLIC no paga el impuesto consignado. En su lugar entrega una constancia de exención autorizada por la SAT, que el proveedor conserva como respaldo.
Según el artículo 33 Bis, si vence el contrato de depósito, arrendamiento o administración y los bienes no se retiran, se consideran tácitamente abandonados a favor del fisco, conforme al artículo 94 literal b) del CAUCA. Se trasladan de inmediato a la SAT, que procede según el artículo 95.
Sí. El artículo 35 del Decreto 22-73 permite contratar personal técnico especializado del exterior. El Ministerio de Trabajo otorga permisos automáticos por tres meses mientras se completan los requisitos de la autorización definitiva, conforme al artículo 13 del Código de Trabajo.
Se presenta una solicitud por escrito a la Gerencia General y se cumplen los requisitos del reglamento interno, según el artículo 44 del Reglamento de la Ley Orgánica de ZOLIC. Luego se firma un contrato con deberes y responsabilidades, y se pagan las tarifas vigentes por uso de instalaciones (artículo 25).
No. El artículo 48 Bis del Decreto 22-73 prohíbe a las empresas instaladas en ZOLIC acumular los beneficios de otras leyes de fomento industrial. Además, el artículo 46 excluye de los incentivos las actividades que el usuario realice fuera de las áreas habilitadas por ZOLIC.
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