Expediente No. 137-2016 – Contencioso Administrativo
La Sala declaró con lugar parcialmente la demanda y para el efecto consideró:« … Por lo que procede a estudiar los ajustes que se confirmaron en la resolución doscientos setenta y ocho guión dos mil trece (278- 2013), al impuesto al valor agregado al débito fiscal declarado por cinco mil quinientos cincuenta y cuatro quetzales con treinta y ocho centavos (Q5,554.38) de enero, abril y noviembre de dos mil ocho.
