Expediente No. 137-2016 – Contencioso Administrativo

La Sala declaró con lugar parcialmente la demanda y para el efecto consideró:« … Por lo que procede a estudiar los ajustes que se confirmaron en la resolución doscientos setenta y ocho guión dos mil trece (278- 2013), al impuesto al valor agregado al débito fiscal declarado por cinco mil quinientos cincuenta y cuatro quetzales con treinta y ocho centavos (Q5,554.38) de enero, abril y noviembre de dos mil ocho.

Expediente No. 82-2016 – Contencioso Administrativo

La Sala declaró con lugar parcialmente la demanda, y revocó parcialmente la resolución administrativa, para el efecto consideró: «… Al enjuiciar todos los elementos, conceptos y valoración de las pruebas, el Tribunal sostiene la tesis que la resolución del Directorio debe revocarse parcialmente en atención a que la parte actora, resguarda de riesgos inminentes a sus trabajadores y les provee condiciones para su bienestar, razón por la que los gastos de seguros en beneficio de estos deben ser considerados gastos directamente vinculados con el proceso productivo de la entidad

Recurso de Casación No. 161-2016 – Contencioso Administrativo

La Sala declaró con lugar parcialmente la demanda, y revocó parcialmente la resolución administrativa, para el efecto consideró: «… De los argumentos expuestos por las partes se determina que el litigio se generó porque los servicios que declaró la parte actora, en el período que se audita, la administración tributaria consideró que no se relacionaban a su actividad económica principal, es decir, que el pago de estos servicios sí quedaron probados, pero no se aceptaron por esa razón. 

Recurso de Casación No. 47-2016 – Contencioso Administrativo

La Sala Tercera del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, en la sentencia del cuatro de enero de dos mil dieciséis, consideró: «… La entidad mercantil Grupo Aceros y Perfiles, Sociedad Anónima, promueve recurso contencioso administrativo en contra de la resolución número ( … ) de fecha diecisiete de agosto de dos mil seis, dictada por el Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria y documentada en el acta de la sesión del Directorio en referencia número

Recurso de Casación No. 517-2016 – Contencioso Administrativo

La Sala resolvió sin lugar la demanda presentada, para el efecto consideró: «… Lo considerado anteriormente, es por demás valedero para que este tribunal estime que es improcedente la aceptación de los argumentos de la parte demandante y que se declare como válida la resolución que se controvierte, emitida por el Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria, que confirma la resolución impugnada por estar apegada a derecho y a las actuaciones. 

Recurso de Casación No. 676-2016 – Contencioso Administrativo

La Sala declaró sin lugar la demanda y como consecuencia confirmó la resolución del Directorio de la SAT, para el efecto consideró: «… Es de agregar que esta Sala ya ha emitido sentencias (278-2005 oficial 2do. de fecha 23 de agosto de 2010) en asuntos de clasificación arancelaria y ha declarado sin lugar la demanda contenciosa, tomando dentro de otros, como medios de prueba el certificado de análisis físico-químico

Recurso de Casación No. 462-2017 – Contencioso Administrativo

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:  I. INTERPONENTE: Superintendencia de Administración Tributaria, que en lo sucesivo se denominará SAT, que actúa por medio de su mandatario especial judicial con representación, Eduardo García Tzul.  II. PARTE CONTRARIA: Financiera Consolidada, Sociedad Anónima.  III. TERCERO: Procuraduría General de la Nación, que actúa por medio de su personero, José Raúl Herrera … Leer más

Recurso de Casación No. 542-2017 – Contencioso Administrativo

La Sala declaró con lugar la excepción previa de falta de personalidad y como consecuencia, rechazó la demanda presentada. Para fundamentar su fallo, consideró: «… La legitimación procesal es, entonces, una cualidad que la ley confiere para ser parte activa o pasiva en un proceso determinado, en el cual se tiene interés directo. 

Recurso de Casación No. 170-2017 – Contencioso Administrativo

La Sala declaró sin lugar la demanda y confirmó la resolución administrativa; para el efecto consideró: «… El Impuesto Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos de Paz, debe calcularse a partir del ingreso bruto obtenido por el sujeto pasivo ( … ) el Tribunal sostiene la tesis que la resolución del Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria debe confirmarse ( … ) en cumplimiento de velar por la juridicidad de los actos de la administración pública, debido a que la parte actora no determinó el impuesto a pagar ( … ). 

Recurso de Casación No. 600-2015 – Contencioso Administrativo

La Sala declaró sin lugar la demanda planteada y confirmó la resolución administrativa; para el efecto consideró: «…el Tribunal arriba a la conclusión que los ajustes al impuesto de solidaridad deben confirmarse, pues aunque la contribuyente tuvo «pérdida durante los períodos impositivos comprendidos de enero a diciembre de dos mil siete y enero a diciembre de dos mil ocho» tal y como lo afirmó la demandante en su demanda, folio quince del expediente judicial, que aunque no es motivo de litis cabe señalar que no probó y que tampoco probó que informó a la administración tributaria de esa situación conforme declaración jurada, pues aunque ofreció como medios de prueba informes, reconocimiento judicial, dictamen de expertos y declaración de parte, en el período probatorio, no compareció a solicitar el diligenciamiento de esos medios de prueba, teniendo la obligación de probar sus proposiciones de hecho y de derecho, conforme el artículo 126 del Código Procesal Civil y Mercantil.