ARTICULO 57 D. OBLIGACION DE PRESENTACION ELECTRONICA DEL DETALLE DE LAS COMPRAS Y VENTAS
ARTICULO 57 “D”: Obligación de presentación electrónica del detalle de las compras y ventas. Los contribuyentes que sean calificados por la Administración Tributaria como especiales, deberán presentar en forma electrónica, cada seis meses, como máximo, informe detallado de las compras y ventas efectuadas en dicho período semestral, en forma cronológica. Dicho informe deberá contener, como … Read more
