Expediente No. 13-2016 – Contencioso Administrativo

La Sala declaró con lugar la demanda,y para fundamentar el fallo consideró: «… Es por todo lo anterior que este Tribunal, considera necesario delimitar el primer párrafo del artículo 23 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado que determina: «ARTÍCULO 23. *Devolución del crédito fiscal.