Expediente No. 13-2016 – Contencioso Administrativo

La Sala declaró con lugar la demanda,y para fundamentar el fallo consideró: «… Es por todo lo anterior que este Tribunal, considera necesario delimitar el primer párrafo del artículo 23 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado que determina: «ARTÍCULO 23. *Devolución del crédito fiscal.

Recurso de Casación No. 292-2016 – Contencioso Administrativo

La Sala declaró sin lugar la demanda promovida y en consecuencia confirmó la resolución administrativa. Para el efecto, consideró: «… El vicio sustancial denunciado debe declararse sin lugar por improcedente, porque: a) en cuanto a que la resolución que se impugnó se basó en una prueba viciada; al analizar las actuaciones y los argumentos esgrimidos por la parte actora, se establece que ( … ) b) la resolución que se impugnó en este proceso no se basó en el informe de calidad que rindió la entidad mencionada, sino en los certificados de ensayo números ( … ) e) en cuanto a que no se entró a conocer del recurso de revisión que interpuso.