Recurso de Casación No. 505-2015 – Contencioso Administrativo

La Sala declaró sin lugar la demanda contenciosa administrativa planteada y para el efecto consideró: «El Tribunal al analizar las pruebas documentales ( … ) observa que en el formulario DRISR guión cuarenta, número cuatrocientos cincuenta y cuatro mil seiscientos veintinueve ( … ) fechado el treinta de marzo de mil novecientos noventa y cinco, en el que aparece en la casilla veinticuatro ( … ) del cuadro C; que el total de ingresos declarados por Compañía de Seguros Generales GYT, Sociedad Anónima, para el ejercicio fiscal de mil novecientos noventa y cuatro, ascienden a la suma de ciento cuarenta y un millones quinientos treinta y cinco mil seiscientos cinco quetzales con ochenta y nueve (Q141,535,605.89) ( … ); 

Expediente No. 588-2010 – Contencioso Administrativo

La Sala declaró con lugar parcialmente la demanda; en consecuencia, confirmó parcialmente la resolución impugnada. Para el efecto, se basó en las siguientes consideraciones: Ajuste 2) Gastos no deducibles, ( … ) por registrar como gasto, la compra de explosivos, que no son necesarios para generar renta (sic) gravadas,» porque registró dentro de la cuenta de producción, la compra de explosivos.

Expediente No. 586-2015 – Contencioso Administrativo

La Sala declaró con lugar parcialmente la demanda promovida, confirma los ajustes identificados como

A) Impuesto al valor agregado de enero a diciembre de dos mil once (2011).

A.1) Crédito fiscal no procedente, por no contar con la documentación legal correspondiente por la cantidad de tres mil novecientos setenta y tres quetzales con cuarenta y dos centavos (Q3,973.42); 

A.2) Ajuste al débito fiscal omitido, por ventas no registradas, ni declaradas por la cantidad de ciento seis mil ciento cuatro quetzales con setenta y ocho centavos de quetzal (Q106,104.78);