Expediente No. 370-2014 – Contencioso Administrativo

La Sala declaró con lugar la demanda planteada, y como consecuencia, revocó la resolución impugnada. Para llegar a tal conclusión consideró: « … Este Tribunal, al estudiar los argumentos esgrimidos en esta instancia, encuentra que la controversia que constituye la litis, es la denegación por parte de la Superintendencia de Administración Tributaria del Trato Arancelario Preferencial del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos de América, por la falta del nombre de la persona firmante y del cargo que ostenta en el certificado de origen, presentado por la entidad Importadora A & E, Sociedad Anónima.

Expediente No. 44-2016 – Contencioso Administrativo

La Sala declaró con lugar parcialmente la demanda y en consecuencia revoca parcialmente la resolución administrativa impugnada. Para el efecto, consideró: «… Esta Sala luego de establecer que las facturas que amparan los servicios de seguro adquiridos por la actora obran dentro del expediente administrativo, así como los cheques mediante los cuales se realizaron los pagos a las mismas, con lo cual prueba sus argumentos la actora.

Expedientes No. 606-2015 y 610-2015 – Contencioso Administrativo

La Sala declaró con lugar parcialmente la demanda, en consecuencia, revocó parcialmente la resolución recurrida; para fundamentar el fallo consideró: «… 1) AJUSTE AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DEL PERÍODO DE ENERO A DICIEMBRE DE DOS MIL OCHO, POR FONDO DE PENSIÓN (sic) NO DEDUCIBLE POR LA CANTIDAD DE TREINTA MIL QUETZALES (Q30,000.00): La Superintendencia de Administración Tributaria sostiene que de conformidad con la fiscalización se formuló ajuste, porque se determinó· que declaro (sic) como gasto deducible la cantidad de treinta mil quetzales (Q30,000.00), correspondiente a aportaciones realizadas a fondo dorado de pensión, que tiene con la Financiera Industrial, Sociedad Anónima.

Recurso de Casación No. 472-2015 – Contencioso Administrativo

La Sala declaró con lugar parcialmente la demanda promovida, en consecuencia, revocó parcialmente la resolución administrativa, en relación a los ajustes formulados por: 

gastos de guardianía y 
transporte de empleados. 

Recurso de Casación No. 47-2016 – Contencioso Administrativo

La Sala Tercera del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, en la sentencia del cuatro de enero de dos mil dieciséis, consideró: «… La entidad mercantil Grupo Aceros y Perfiles, Sociedad Anónima, promueve recurso contencioso administrativo en contra de la resolución número ( … ) de fecha diecisiete de agosto de dos mil seis, dictada por el Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria y documentada en el acta de la sesión del Directorio en referencia número

Recurso de Casación No. 693-2016 – Contencioso Administrativo

La Sala declaró sin lugar la demanda contenciosa administrativa promovida, en consecuencia confirmó la resolución administrativa y para el efecto consideró: «… Es importante indicar que establece el artículo 99 del Código Tributario: «Sistema de cuenta corriente tributaria.

Recurso de Casación No. 392-2017 – Contencioso Administrativo

La Sala declaró con lugar parcialmente la demanda y revocó parcialmente la resolución administrativa. Para el efecto, consideró: «… 1) AJUSTE AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, RÉGIMEN OPTATIVO DE ENERO A DICIEMBRE DE DOS MIL SIETE: 1.1) COSTOS Y GASTOS NO DEDUCIBLES POR EXCEDER DEL NOVENTA Y SIETE POR CIENTO (97%) DE LOS INGRESOS GRAVADOS POR UN MILLÓN DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE QUETZALES CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS (Q1,234,737.35) ( … ).

Expediente No. 573-2015 – Contencioso Administrativo

La Sala declaró con lugar la demanda promovida; para el efecto, consideró: «… El Tribunal considera que es errado el criterio de la administración tributaria en relación a que la rectificación debe presentarse antes de que concluya el despacho aduanero y debe hacerse inmediatamente, por cuanto la norma transcrita señala que puede hacerse en cualquier momento en que el declarante tenga razones para considerar que una declaración contiene información incorrecta o con omisiones